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Artículo 1697 — El que delegado por alguien de quién creía ser deudor i no lo era, promete al acreedor de…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 1697. El que delegado por alguien de quién creía ser deudor i no lo era, promete al acreedor de éste pagarle para libertarse de la falsa deuda, es obligado al cumplimiento de su promesa; pero le quedará a salvo su derecho contra el delegante para que pague por él o le reembolse lo pagado.