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Artículo 1736 — Aunque por haber perecido la cosa se estinga la obligación del deudor, podrá exigir el…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 1736. Aunque por haber perecido la cosa se estinga la obligación del deudor, podrá exigir el acreedor que se le cedan los derechos o acciones que tenga el deudor contra aquéllos por cuyo hecho o culpa haya perecido la cosa.