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Artículo 1851 — Art. 1851. Son hábiles para el contrato de ventas todas las personas que la lei no…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Art. 1851. Son hábiles para el contrato de ventas todas las personas que la lei no declara inhábiles para celebrarlo o para celebrar todo contrato.

JURISPRUDENCIA (1)Declarada inhibida para emitir pronunciamiento de fondo Sentencia de la Corte Constitucional C-534 de 2005