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Artículo 1871 — Art. 1871. La venta de cosa ajena vale, sin perjuicios de los derechos del dueño de la…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Art. 1871. La venta de cosa ajena vale, sin perjuicios de los derechos del dueño de la cosa vendida, mientras no se extingan por el lapso de tiempo.

JURISPRUDENCIA (2)Declarada inhibida Sentencia de la Corte Constitucional C-174 de 2001Declarada exequible la expresión ... ("La venta de cosa ajena vale, sn perjuicios de los derechos del dueño de la cosa vendida" ) Sentencia de la Corte Constitucional C-174 de 2001