Texto oficial
Art. 1903. Cesará la obligación de sanear en los casos siguientes:
1.° Si el comprador i el que demanda la cosa como suya se someten al juicio de árbitros, sin consentimiento del vendedor, i los árbitros fallaren contra el comprador.
2.° Si el comprador perdió la posesión por su culpa, i de ello se siguió la evicción.