Texto oficial
Art. 1961. La notificacion debe hacerse con exhibición del título, que llevará anotado el traspaso del derecho con la designacion del cesionario i bajo la firma del cedente.
Art. 1961. La notificacion debe hacerse con exhibición del título, que llevará anotado el traspaso del derecho con la designacion del cesionario i bajo la firma del cedente.