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Artículo 2026 — La insolvencia declarada del arrendatario no pone fin necesariamente al arriendo. El…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 2026. La insolvencia declarada del arrendatario no pone fin necesariamente al arriendo.

El acreedor o acreedores podrán sustituirse al arrendatario, prestando fianza a satisfaccion del arrendador.

No siendo así, el arrendador tendrá derecho para dar por concluido el arrendamiento; i le competerá accion de perjuicios contra el arrendatario, segun las reglas jenerales.