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Artículo 210 — Derogado. LEGISLACIÓN ANTERIOR [ Mostrar ] Art. 210. El restablecimiento legal de la…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 210 . Derogado.

LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)Art. 210. El restablecimiento legal de la administración del marido restituye las cosas al estado anterior, como si la separación de bienes no hubiese existido. Pero valdrán todos los actos ejecutados lejítimamente por la mujer durante la separación de bienes, como si los hubiese autorizado la justiciaEl marido, para poner a cubierto su responsabilidad, hará constar por inventario solemne los bienes de la mujer que entren de nuevo bajo su administración.Vigente desde: 26/05/1873 y hasta el: 11/11/1932