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Artículo 2115 — Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 242 LEY 222 de 1995

Ley 84 de 1873
Derogado

Texto oficial

Artículo 2115. Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Derogado Artículo 242 LEY 222 de 1995
LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)Art. 2115. Cada socio tendrá derecho a que la sociedad le reembolse las sumas que él hubiere adelantado, con conocimiento de ella, por las obligaciones que para los negocios sociales hubiere contraído legítimamente i de buena fe, i a que le resarza los perjuicios que los peligros inseparables de su jestion le hayan ocasionado.Cada uno de los socios será obligado a esta indemnizacion, a prorrata de su interés social, i la parte de los insolventes se repartirá de la misma manera entre todos.Vigente desde: 26/05/1873 y hasta el: 19/12/1995