Artículo 2132 — Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 242 LEY 222 de 1995
Ley 84 de 1873
Derogado
Texto oficial
Artículo 2132. Derogado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Derogado Artículo 242 LEY 222 de 1995LEGISLACIÓN ANTERIOR (4)Art. 2132. Espira asimismo la sociedad por la incapacidad sobreviniente, o la insolvencia de uno de los socios.Podrá, con todo, continuar la sociedad con el incapaz o el fallido, i en tal caso el curador o los acreedores ejercerán sus derechos en las operaciones sociales.El marido, como administrador de la sociedad conyugal, representará de la misma manera a la mujer que, siendo socio, se casare.Vigente desde: 26/05/1873 y hasta el: 19/12/1995