NormasLey 84 de 1873 › Artículo 2156

Artículo 2156 — Si el mandato comprende uno o mas negocios especialmente determinados, se llama especial…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 2156. Si el mandato comprende uno o mas negocios especialmente determinados, se llama especial; si se da para todos los negocios del mandante, es jeneral; i lo será igualmente si se da para todos, con una o mas excepciones determinadas.

La administracion está sujeta en todos casos a las reglas que siguen.

CAPÍTULO 2.°

de la administracion del mandato