Art. 2267. El posadero es, además, obligado a la seguridad de los efectos que el alojado conserva alrededor de sí. Bajo este respecto es responsable del daño causado, o del hurto o robo cometido por los (Texto declarado inexequible: sirvientes )“trabajadores” o “empleados de la posada, o por personas extrañas que no sean familiares o visitantes del alojado.
JURISPRUDENCIA (1)
Declarada inexequible la expresión ... ("Sirvientes". Se debe susituir por las expresiones “trabajadores” o “empleado ) Sentencia de la Corte Constitucional C-001 de 2018LEGISLACIÓN ANTERIOR (2)
Art. 2267. El posadero es, además, obligado a la seguridad de los efectos que el alojado conserva alrededor de sí. Bajo este respecto es responsable del daño causado, o del hurto o robo cometido por los sirvientes de la posada, o por personas extrañas que no sean familiares o visitantes del alojado.Vigente desde: 26/05/1873 y hasta el: 23/01/2018