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Artículo 23 — Artículo 23 El estado civil adquirido conforme a la lei vigente a la fecha de su…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 23 El estado civil adquirido conforme a la lei vigente a la fecha de su constitución, subsistirá aunque esa lei pierda despues su fuerza.