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Artículo 2310 — Art. 2310. El que creyendo hacer su propio negocio hace el de otra persona, tiene derecho…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Art. 2310. El que creyendo hacer su propio negocio hace el de otra persona, tiene derecho para ser reembolsado hasta concurrencia de la utilidad efectiva que hubiere resultado a dicha persona, i que existiere al tiempo de la demanda.