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Artículo 2340 — La comunidad termina: 1.° Por la reunión de las cuotas de todos los comuneros en una sola…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 2340. La comunidad termina:

1.° Por la reunión de las cuotas de todos los comuneros en una sola persona;

2.° Por la destrucción de la cosa común;

3.° Por la división del haber común.

TITULO 34.

Responsabilidad común por los delitos i las culpas.