NormasLey 84 de 1873 › Artículo 2341

Artículo 2341 — El que ha cometido un delito o culpa, que ha inferido daño a otro, es obligado a la…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 2341. El que ha cometido un delito o culpa, que ha inferido daño a otro, es obligado a la indemnizacion, sin perjuicio de la pena principal que la lei imponga por la culpa o el delito cometido.