Texto oficial
Art. 2509. La quinta i última clase comprende los bienes que no gozan de preferencia.
Los créditos de la quinta clase se cubrirán a prorrata sobre el sobrante de la masa concursada, sin consideración a su fecha.
Art. 2509. La quinta i última clase comprende los bienes que no gozan de preferencia.
Los créditos de la quinta clase se cubrirán a prorrata sobre el sobrante de la masa concursada, sin consideración a su fecha.