NormasLey 84 de 1873 › Artículo 2619

Artículo 2619 — Artículo 2619: Derogado por el artículo 232 del Decreto 960 de 1970. TEXTO…

Ley 84 de 1873
Derogado

Texto oficial

Artículo 2619: Derogado por el artículo 232 del Decreto 960 de 1970.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Derogado Artículo 232 DECRETO 960 de 1970
LEGISLACIÓN ANTERIOR (2)Art. 2619. Si un Notario cesare temporalmente en el ejercicio de sus funciones por suspension, licencia por mas de treinta días u otro motivo, cuando vuelva a encargarse del archivo lo hará recibiéndolo con inventario en los referidos términos.Vigente desde: 26/05/1873 y hasta el: 19/06/1970