NormasLey 84 de 1873 › Artículo 3

Artículo 3 — º Considerado este Codigo en su conjunto i en cada uno de los títulos, capítulos i…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 3.º Considerado este Codigo en su conjunto i en cada uno de los títulos, capítulos i artículos de que se compone, forma la regla establecida por el lejislador colombiano, a la cual es un deber de los particulares ajustarse en sus asuntos civiles, que es lo que constituye la lei o el derecho civil nacional.

CAPÍTULO 2.º

DE LA LEI