Artículo 352 — Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 123 DECRETO 1260 de 1970
Ley 84 de 1873
Derogado
Texto oficial
Artículo 352 . Derogado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Derogado Artículo 123 DECRETO 1260 de 1970LEGISLACIÓN ANTERIOR (2)Art 352. La persona en cuya casa se esponga un recién nacido, está obligada a cumplir, en cuanto pueda, lo prescrito en los artículos anteriores.Vigente desde: 26/05/1873 y hasta el: 26/07/1970