NormasLey 84 de 1873 › Artículo 46

Artículo 46 — En la línea transversal se cuentan los grados por el número de jeneraciones desde el uno…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 46. En la línea transversal se cuentan los grados por el número de jeneraciones desde el uno de los parientes hasta la raiz comun, i desde este hasta el otro pariente. Así, dos hermanos están en segundo grado ; el tío i el sobrino en tercero, etc.