Artículo 515 — Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009
Ley 84 de 1873
Derogado
Texto oficial
Artículo 515. Derogado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009LEGISLACIÓN ANTERIOR (4)Art. 515. El que ejerce el cargo de tutor o curador, no lo siendo (sic) verdaderamente, pero creyendo serlo, tiene todas las obligaciones i responsabilidades del tutor o curador verdadero, i sus actos no obligarán al pupilo, sino en cuanto le hubieren reportado positiva ventaja.Si se le hubiere discernido la tutela o curaduría i hubiere administrado rectamente tendrá derecho a la retribución ordinaria i podrá conferírsele el cargo, no presentándose persona de mejor derecho a ejercerlo.Pero si hubiere procedido de mala fe, fingiéndose tutor o curador, será precisamente removido de la administración i, privado de todos los emolumentos de la tutela o curaduría, sin perjuicio de la pena a que haya lugar por la impostura.Vigente desde: 26/05/1873 y hasta el: 04/06/2009