Artículo 535 — Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009
Ley 84 de 1873
Derogado
Texto oficial
Artículo 535. Derogado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009LEGISLACIÓN ANTERIOR (2)Art. 535. Mientras se decide la causa, podrá el Juez o Prefecto, a virtud de los informes verbales de los parientes o de otras personas, i oidas las esplicaciones del supuesto disipador, decretar la interdicción provisoria.Vigente desde: 26/05/1873 y hasta el: 04/06/2009