Artículo 560 — Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009
Ley 84 de 1873
Derogado
Texto oficial
Artículo 560. Derogado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009LEGISLACIÓN ANTERIOR (1)Art. 560. Cesará la curaduría cuando el sordomudo se haya hecho capaz de entender i de ser entendido (Texto declarado inexequible: por escrito), si él mismo lo solicitare, (Texto declarado inexequible: i tuviere suficiente inteligencia) para la administración de sus bienes; sobre lo cual tomará el Juez o Prefecto los informes competentes.JURISPRUDENCIA (8)Estarse a lo resuelto ... ( "... y tuviere suficiente inteligencia... " ) Sentencia de la Corte Constitucional C-478 de 2003Declarada exequible la expresión ... ("...para la administración de sus bienes;..." ) Sentencia de la Corte Constitucional C-478 de 2003Declaradas inexequibles las expresiones ... ("por escrito" e "y tuviere suficiente inteligencia" ) Sentencia de la Corte Constitucional C-983 de 2002Vigente desde: 13/11/2002 y hasta el: 04/06/2009Art. 560. Cesará la curaduría cuando el sordomudo se haya hecho capaz de entender i de ser entendido por escrito, si él mismo lo solicitare, i tuviere suficiente inteligencia para la administración de sus bienes; sobre lo cual tomará el Juez o Prefecto los informes competentes.Vigente desde: 26/05/1873 y hasta el: 12/11/2002TITULO 30.De las curaduría de bienes.