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Artículo 640 — Art. 640. Los actos del representante de la corporación, en cuanto no escedan de los…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Art. 640. Los actos del representante de la corporación, en cuanto no escedan de los límites del ministerio que se le ha confiado, son actos de la corporación; en cuanto escedan de estos límites sólo obligan personalmente al representante.