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Artículo 639 — Art. 639. Las corporaciones son representadas por las personas autorizadas por las leyes…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Art. 639. Las corporaciones son representadas por las personas autorizadas por las leyes o las ordenanzas respectivas, i a falta de una i otras, por un acuerdo de la corporación que confiera este carácter.