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Artículo 813 — El propietario fiduciario tiene sobre las especies que puede ser obligado a restituir…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 813. El propietario fiduciario tiene sobre las especies que puede ser obligado a restituir, los derechos i cargas del usufructuario, con las modificaciones que en los siguientes artículos se espresan.