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Artículo 865 — El usufructo se extingue también: Por la muerte natural del usufructuario, aunque ocurra…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 865. El usufructo se extingue también:

Por la muerte natural del usufructuario, aunque ocurra antes del día o condicion prefijados para su terminacion.

Por la resolucion del derecho del constituyente, como cuando se ha constituido sobre una propiedad fiduciaria, i llega el caso de la restitucion.

Por consolidacion del usufructo con la propiedad.

Por prescripcion.

Por la renuncia del usufructuario.