Texto oficial
Artículo 900. Todo dueño de un predio tiene derecho a que se fijen los limites que lo separan de los predios colindantes, i podrá exijir a los respectivos dueños que concurran a ello, haciéndose la demarcacion a espensas comunes.
Artículo 900. Todo dueño de un predio tiene derecho a que se fijen los limites que lo separan de los predios colindantes, i podrá exijir a los respectivos dueños que concurran a ello, haciéndose la demarcacion a espensas comunes.