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Artículo 969 — La buena o mala fe del poseedor se refiere, relativamente a los frutos, al tiempo de la…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 969. La buena o mala fe del poseedor se refiere, relativamente a los frutos, al tiempo de la percepción, i relativamente a las expensas i mejoras, al tiempo en que fueron hechas.