Texto oficial
Artículo 4. Obras, bienes o servicios adicionales a la obra pública de
infraestructura de transporte . Cuando el objeto contractual incluya obras,
bienes o servicios adicionales a la obra pública de infraestructura de
transporte, la entidad estatal deberá aplicar los documentos tipo. Si de manera
excepcional requiere incluir experiencia adicional para evaluar la idoneidad
respecto de los bienes o servicios adicionales a la obra pública de
infraestructura de transporte, deberá seguir los siguientes parámetros:
1. Demostrar en los estudios previos que ha verificado las condiciones de mercado
para la contratación de las obras, bienes o servicios adicionales al componente
de obra pública, de tal manera que la experiencia adicional que se exija para
tales bienes o servicios procure la pluralidad de oferentes y no limite la
concurrencia al proceso de contratación.
Para
tal efecto, la entidad realizará el estudio previo y el análisis del sector en
los términos de los artículos 2.2.1.1.1.6.1 y 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de
2015, o la norma que los adicione, complemente o sustituya
2. Conservar los requisitos exigidos en los documentos tipo.
3. Abstenerse de pedir experiencia exclusiva con entidades estatales, experiencia
previa en un territorio específico, limitada en el tiempo o que incluya
volúmenes o cantidades de obra específica.
4. Clasificar la experiencia requerida solo hasta el tercer nivel del Clasificador
de Bienes y Servicios e incluir exclusivamente los códigos que estén
relacionados directamente con el objeto a contratar.
Parágrafo 1°. En
los casos en que el objeto contractual incluya actividades que son abarcadas
por otros documentos tipo, la Entidad Estatal aplicará las reglas de
combinación de experiencia previstas en el numeral 3.5.2 del documento base.
Parágrafo 2°. Para
los efectos de este artículo se entiende por " obras, bienes o servicios
adicionales " aquellas actividades que no están incluidas en la matriz de
experiencia de los documentos tipo de infraestructura de transporte aplicable,
pero que están relacionadas con el contrato a ejecutar. Por ejemplo, en caso de
que el proyecto de obra pública a ejecutar esté relacionado con infraestructura
de transporte, pero, además, con proyectos de agua potable y saneamiento básico
o con proyectos de infraestructura social, el servicio adicional serán las
actividades de obra pública en infraestructura de agua potable y saneamiento
básico o las actividades de obra pública de infraestructura social.
Doctrina de Colombia Compra Eficiente sobre este artículo
1 conceptos de CCE citan o interpretan el artículo 4 de la Resolución 463 de 2024. Los más relevantes:
-
C-954 de 2025
C-954 de 2025
DOCUMENTOS TIPO, DOCUMENTOS TIPO DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE · 25 de agosto de 2025