Colombia Compra Eficiente señala que el Decreto 342 de 2019 adoptó Documentos Tipo con parámetros obligatorios para licitaciones de obra pública en infraestructura de transporte. La entidad debe verificar que el objeto y las actividades a contratar estén cubiertos por la Matriz 1–Experiencia de los Documentos Tipo y por los conceptos del Anexo-3 Glosario. Para definir la experiencia exigible, debe seguir pasos: identificar el tipo de infraestructura (matriz con 8 secciones), ubicar la “actividad a contratar”, determinar el rango del presupuesto en SMMLV, establecer la experiencia general y luego la experiencia específica con el porcentaje de dimensionamiento, solo si la Matriz 1 lo permite y bajo las condiciones allí definidas.
Expediente: 4201912000004420 – Fecha: 09-08-2019 – Número Interno: N/A – Demandado: – Actor: – Radicado de entrada: 4201912000004420 – Radicado de salida: 2201913000005750 – Restrictor: – Descriptor: – Mes: Agosto – Año: 2019
Texto del concepto
DOCUMENTOS TIPO – Matriz 1 – Experiencia – Aplicación
El Decreto 342 de 2019 adoptó los Documentos Tipo para los pliegos de condiciones de los procesos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte, los cuales contienen parámetros obligatorios para las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación Pública que adelanten este tipo de procesos. La entidad estatal debe verificar que las actividades a contratar se encuentren cubiertas por alguna de las actividades identificadas en la Matriz 1 – Experiencia de los Documentos Tipo adoptados por el Decreto 342 de 2019 para los diferentes tipos de infraestructura. Además, debe tener en cuenta los conceptos propios de la ingeniería civil y los definidos del Anexo -3 Glosario, con el fin de verificar si el objeto a contratar se encuentra enmarcado en estas actividades.
Para establecer la variable xx% que corresponde al porcentaje de dimensionamiento que se debe acreditar con el contrato exigido en la experiencia específica, la entidad estatal debe tener en cuenta la longitud de la vía a intervenir de acuerdo con los rangos definidos.
Bogotá D.C., 09/08/2019 Hora 17:55:36s
N° Radicado: 2201913000005758
Señor (a) Anónimo Ciudad
Radicación: Respuesta a consulta # 4201912000004426
Temas: Documentos Tipo, Otros
Tipo de asunto consultado: Experiencia exigible para la contratación de la construcción de placa
huella
Estimado ciudadano,
La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente responde su consulta del 3 de julio de 2019 en ejercicio de la competencia otorgada por el numeral 5 del artículo 3 y numeral 8 del artículo 11 del Decreto 4170 de 2011.
- PROBLEMA PLANTEADO
“Se solicita informar para una licitación de construcción de placa huella en sector rural para construir 2 kilómetros por un valor de 2.000 millones de pesos cómo se debe aplicar la matriz de experiencia del Decreto 342 de 2019 pliego tipo proyectos de infraestructura? ¿que experiencia se debe pedir para un proceso de licitación de este tipo? la pregunta va encaminada ya que alguna entidades están solicitando solamente experiencia en vías rurales? esta bien aplicada la norma?”.
- LA AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA - COLOMBIA COMPRA EFICIENTE RESPONDE:
El Decreto 342 de 2019 adoptó los Documentos Tipo para los pliegos de condiciones de los procesos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte, los cuales contienen parámetros obligatorios para las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación Pública que adelanten este tipo de procesos.
La entidad estatal debe verificar que las actividades a contratar se encuentren cubiertas por alguna de las actividades identificadas en la Matriz 1 – Experiencia de los Documentos Tipo adoptados por el Decreto 342 de 2019 para los diferentes tipos de infraestructura. Además, debe tener en cuenta los conceptos propios de la ingeniería civil y los definidos del Anexo -3 Glosario, con el fin de verificar si el objeto a contratar se encuentra enmarcado en estas actividades.
De esta manera, la entidad estatal, para definir la experiencia exigible en un proceso de contratación de licitación de obra pública de infraestructura de transporte, debe seguir los siguientes pasos:
- Identificar en la “Matriz 1- Experiencia” el tipo de infraestructura sobre el cual recae la obra a ejecutar. Al respecto esta matriz contiene ocho (8) secciones: 1. OBRAS EN VÍAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS. 2. OBRAS EN VIAS TERCIARIAS. 3. OBRAS MARITIMAS Y FLUVIALES.
4. OBRAS EN VIAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O TERCIARIAS PARA ATENCIÓN DE EMERGENCIAS DIFERENTES A CONTRATACIÓN DIRECTA. 5. OBRAS FERREAS. 6. OBRAS INFRAESTRUCTURA VIAL URBANA. 7. OBRAS EN PUENTES. 8. OBRAS AEROPORTUARIAS.
- Una vez definido el tipo de infraestructura, identificar la “ACTIVIDAD A CONTRATAR” acorde con la Matriz 1- Experiencia.
- Identificar el rango en el cual se encuentra el proceso de contratación de acuerdo con el presupuesto oficial.
- Identificar la experiencia general exigible acorde con la Matriz 1- Experiencia teniendo en cuenta la actividad a contratar y el rango de la cuantía Del Proceso De Contratación.
- Identificar la experiencia especifica exigible y el porcentaje de dimensionamiento que se puede solicitar acorde con la longitud a ejecutar. Esta exigencia únicamente se puede solicitar cuando la Matriz 1- Experiencia lo establece y en las condiciones allí definidas.
Conforme a lo anterior, de acuerdo con el caso propuesto y la metodología previamente descrita, la experiencia exigible se determina así:
- Tipo de infraestructura: 2. OBRAS EN VIAS TERCIARIAS.
- Actividad a contratar: 2.1 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE VÍAS TERCIARIAS.
- Rango del presupuesto del proceso de contratación: Entre 1.001 y 13.000 SMMLV.
- Experiencia general: CONSTRUCCIÓN O MEJORAMIENTO O MANTENIMIENTO O REHABILITACIÓN O CONSERVACIÓN EN PAVIMENTO ASFALTICO O CONCRETO HIDRÁULICO O PLACA HUELLA DE CARRETERAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VÍAS TERCIARIAS O VIAS URBANAS O PISTAS DE AEROPUERTOS.
- Experiencia especifica: “Por lo menos un (1) contrato de los contratos válidos aportados cuya longitud Intervenida corresponda al XX% de la longitud de carretera a construir mediante el presente proceso de contratación. [La Entidad deberá establecer la variable "XX%"conforme a la relación entre longitudes y porcentajes señalada en la fila denominada "% DE DIMENSIONAMIENTO" ] Nota: Para el caso de Proyectos de Construcción en vías terciarias no se requiere que la experiencia a ser acreditada haya incluido la pavimentación de la vía construida.”
Para establecer la variable xx% que corresponde al porcentaje de dimensionamiento que se debe acreditar con el contrato exigido en la experiencia específica, la entidad estatal debe tener en cuenta la longitud de la vía a intervenir de acuerdo con los rangos definidos. Por lo tanto, si la longitud de la vía a construir es menor a cinco kilómetros (“<5Km) el porcentaje que se debe acreditar corresponde al 70%.
Por lo tanto, teniendo en cuenta que la vía a intervenir tiene una longitud de 2 Km, se deberá acreditar el 70% de esta intervención, que corresponderá a 1.4 Km.
En consecuencia la solicitud de experiencia específica para el caso propuesto quedará de la siguiente manera: “Por lo menos un (1) contrato de los contratos válidos aportados cuya longitud Intervenida corresponda al 70% de la longitud de carretera a construir mediante el presente proceso de contratación”, o también se podría solicitar precisando la longitud que corresponde al porcentaje, así: “Por lo menos un (1) contrato de los contratos válidos aportados cuya longitud Intervenida corresponda a 1.4Km”, haciendo la claridad que en el caso de aportar experiencia en proyectos de construcción de vías terciarias, no se requiere que la experiencia a ser acreditada haya incluido la pavimentación de la vía construida.
De esta manera, la solicitud de experiencia únicamente en “vías rurales”, no corresponde a la experiencia que se debe solicitar para este tipo de procesos de acuerdo con la Matriz 1- Experiencia, por cuanto no corresponde a ninguna de las actividades ni experiencias allí definidas.
- REFERENCIA NORMATIVA
Ley 1882 de 2018, artículo 4.
Decreto 342 de 2019, artículo 1.
Agencia Nacional de Contratación Púbica – Colombia Compra Eficiente, Resolución 1798 de 2019, artículo 2.
Guía para la comprensión e implementación de los Documentos Tipo de licitación de obra de infraestructura de transporte. https://www.colombiacompra.gov.co/sites/cce_public/files/cce_documentos/guia_documentos_tipo_ obra_publica_-_transporte_.pdf
Este concepto tiene el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Atentamente,
Proyectó: Fredy Alexander Rodríguez Ardila Revisó: Leonardo Carrillo Torres