Colombia Compra Eficiente explica que los Documentos Tipo son obligatorios en licitaciones para obra pública de infraestructura de transporte, conforme al artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y el Decreto 342 de 2019. Indica que estos documentos, desarrollados en la Resolución 1798 de 2019, incluyen el documento base del pliego tipo que las entidades deben adoptar. En relación con el factor de calidad, el documento base dispone 19 puntos y exige compromisos como la implementación del programa de gerencia de proyectos, condiciones funcionales de maquinaria y la presentación de un Plan de Calidad. Para esto, cuando se solicite, el proponente debe suscribir el Formato 7C, bajo gravedad de juramento, elaborando un plan específico con parámetros de las normas NTC ISO 9001:2015 y NTC ISO 10005:2018; el concepto aclara que no se requiere certificación ISO ni ratificación por Icontec para aplicar los parámetros en el plan.
Expediente: 4201912000004450 – Fecha: 08-08-2019 – Número Interno: 4201912000004450 – Demandado: – Actor: – Radicado de entrada: 4201912000004450 – Radicado de salida: 2201913000005640 – Restrictor: – Descriptor: DOCUMENTOS TIPO,NORMAS NTC ISO 9001 – Mes: Agosto – Año: 2019
Texto del concepto
DOCUMENTOS TIPO – Licitación Pública - Implementación
El artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y el Decreto 342 de 2019 disponen que los Documentos Tipo son obligatorios en los procesos de licitación para obra pública de infraestructura de transporte adelantados por todas las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Estos Documentos Tipo fueron desarrollados e implementados en la Resolución 1798 de 2019 expedida por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente- y contienen el documento base del pliego tipo el cual deben adoptar las Entidades Estatales en estos procesos de contratación.
DOCUMENTOS TIPO – Factor de calidad – Criterios – Asignación de puntaje
Para el factor de calidad que otorga puntaje, el documento base del pliego tipo establece que la entidad estatal debe otorgar 19 puntos para el factor de calidad, y debe concederlos al proponerte que se comprometa a realizar una o varias de las actividades descritas en el numeral 4.2.
El documento base de pliegos tipo en su numeral 4.2: […] (i) (i) Implementación del programa de gerencia de proyectos; (ii) Disponibilidad y condiciones funcionales para la maquinaria de obra de acuerdo con la justificación consignada en el Estudio del Sector y Estudios y Documentos Previos; (iii) Presentación de un Plan de Calidad.
DOCUMENTOS TIPO – Factor de calidad – Presentación de plan de calidad – Formato 7C
Con respecto a la presentación de plan de calidad, el documento base de pliego tipo establece que cuando se solicite este requisito en el proceso de contratación, el proponente debe suscribir el Formato 7C con el cual se compromete, bajo gravedad de juramento, a presentar un plan de calidad específico para el proyecto elaborado conforme a los parámetros establecidos en la última actualización de las normas NTC ISO 9001:2015 y NTC ISO 10005:2018 […] Se entiende de este requisito que el proponente que suscriba el Formato 7C no requiere certificarse en dicha norma, ni tampoco requiere que el organismo nacional de normalización ratifique la última versión de la norma ISO, pues el proponente solo debe elaborar un plan de calidad especifico, usando los parámetros de la norma y no requiere un certificado en su cumplimiento […] La presentación de un plan de calidad para el proyecto usando la metodología intencional, demuestra que el contratista ejecuta una obra pública con calidad lo cual lo hizo acreedor del puntaje establecido en los pliegos de condiciones.
NORMAS NTC ISO 9001 – Definición – Certificaciones – Requisitos habilitantes – Criterios ponderables
Las normas NTC ISO 9001:2015 y NTC ISO 10005:2018 son normas internacionales redactadas por la Organización Internacional de Normalización, conocida por sus siglas en inglés como ISO, la cual es una federación mundial de organismos nacionales de normalización. En Colombia, según el artículo 3 del Decreto 2269 de 1993, el Organismo Nacional de Normalización es el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (Icontec), sin embargo, el hecho que Icontec no haya ratificado la versión 2018 de la norma NTC ISO 10005, no modifica el contenido ni los parámetros de la norma técnica internacional, así como tampoco invalida o impide su aplicación en Colombia […] tenga en cuenta, que según el parágrafo 2 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 “las certificaciones de sistemas de gestión de calidad no serán objeto de calificación, ni podrán establecerse como documento habilitante para participar en licitaciones o concursos”, por ello el requisito no es contar con una certificación de calidad ISO, por el contrario, para cumplir el requisito, el contratista solamente debe servirse de los parámetros de la norma técnica internacional y adaptarlos al caso concreto para presentar un plan de calidad para el proyecto según se comprometió cuando suscribió el formato 7C.
Bogotá D.C., 08/08/2019 Hora 8:28:17s
N° Radicado: 2201913000005644Señor Ciudadano Ciudad
Radicación: Respuesta a consulta # 4201912000004457
Temas: Documentos Tipo
Tipo de asunto consultado: Presentación de un plan de calidad como factor de puntaje en
Documentos tipo, Formato 7C
Estimado señor,
Colombia Compra Eficiente responde su consulta del 3 de julio de 2019 en ejercicio de la competencia otorgada por el numeral 5 del artículo 3 y el numeral 8 del artículo 11 del Decreto 4170 de 2011.
- PROBLEMA PLANTEADO
En procesos de contratación adelantados según los documentos tipo del Decreto 342 de 2012,
¿Cómo debe proceder los adjudicatarios para implementar el programa de gerencia de proyectos y cumplir el compromiso de plan de calidad del formato 7C, dado que a la fecha el Icontec no ha ratificado la norma NTC ISO 10005:2018?
- COLOMBIA COMPRA EFICIENTE RESPONDE:
El artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y el Decreto 342 de 2019 disponen que los Documentos Tipo son obligatorios en los procesos de licitación para obra pública de infraestructura de transporte adelantados por todas las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
Estos Documentos Tipo fueron desarrollados e implementados en la Resolución 1798 de 2019 expedida por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente- y contienen el documento base del pliego tipo el cual deben adoptar las Entidades Estatales en estos procesos de contratación.
Para el factor de calidad que otorga puntaje, el documento base del pliego tipo establece que la entidad estatal debe otorgar 19 puntos para el factor de calidad, y debe concederlos al proponerte
que se comprometa a realizar una o varias de las actividades descritas en el numeral 4.2. El documento base de pliegos tipo en su numeral 4.2 establece:
La Entidad asignará el puntaje de factor de calidad como sigue:
Concepto | Puntaje |
[La Entidad debe elegir una o algunas de las siguientes opciones:
| 19 |
Total | 19 |
Con respecto a la presentación de plan de calidad, el documento base de pliego tipo establece que cuando se solicite este requisito en el proceso de contratación, el proponente debe suscribir el Formato 7C con el cual se compromete, bajo gravedad de juramento, a presentar un plan de calidad específico para el proyecto elaborado conforme a los parámetros establecidos en la última actualización de las normas NTC ISO 9001:2015 y NTC ISO 10005:2018. Textualmente el documento base dicta:
4.2.3. PRESENTACIÓN DE UN PLAN DE CALIDADLa Entidad asignará [puntos a definir por la Entidad] al Proponente que se comprometa, mediante la suscripción del Formato 7 – Factor de calidad (Formato 7A- Programa de Gerencia de Proyectos) (Formato 7B- Disponibilidad y condiciones funcionales de la maquinaria de obra) (Formato 7C- Plan de Calidad) por parte del Representante Legal, a presentar un Plan de Calidad específico para el proyecto, elaborado conforme a los parámetros establecidos en la última actualización de las normas NTC ISO 9001:2015 y NTC ISO 10005:2018.
La interventoría verificará el cumplimiento de este criterio conforme a lo establecido en las normas mencionadas sin requerir la presentación de certificación alguna.
Se entiende de este requisito que el proponente que suscriba el Formato 7C no requiere certificarse en dicha norma, ni tampoco requiere que el organismo nacional de normalización ratifique la última versión de la norma ISO, pues el proponente solo debe elaborar un plan de calidad especifico, usando los parámetros de la norma y no requiere un certificado en su cumplimiento.
Las normas NTC ISO 9001:2015 y NTC ISO 10005:2018 son normas internacionales redactadas por la Organización Internacional de Normalización, conocida por sus siglas en inglés como ISO, la cual es una federación mundial de organismos nacionales de normalización. En Colombia, según el artículo 3 del Decreto 2269 de 1993[1], el Organismo Nacional de Normalización es el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (Icontec), sin embargo, el hecho que Icontec no haya ratificado la versión 2018 de la norma NTC ISO 10005, no modifica el contenido ni los parámetros de la norma técnica internacional, así como tampoco invalida o impide su aplicación en Colombia.
La presentación de un plan de calidad para el proyecto usando la metodología intencional, demuestra que el contratista ejecuta una obra pública con calidad lo cual lo hizo acreedor del puntaje establecido en los pliegos de condiciones.
Finalmente tenga en cuenta, que según el parágrafo 2 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 “las certificaciones de sistemas de gestión de calidad no serán objeto de calificación, ni podrán establecerse como documento habilitante para participar en licitaciones o concursos”, por ello el requisito no es contar con una certificación de calidad ISO, por el contrario, para cumplir el requisito, el contratista solamente debe servirse de los parámetros de la norma técnica internacional y adaptarlos al caso concreto para presentar un plan de calidad para el proyecto según se comprometió cuando suscribió el formato 7C.
- REFERENCIA NORMATIVA
Ley 1150 de 2007, articulo 5
Ley 1882 de 2018, artículo 4.
Decreto 1082 de 2015, artículos 2.2.1.2.6.1.1. y 2.2.1.2.6.1.2.
Decreto 342 de 2019, artículo 1.
Decreto 2269 de 1993, artículo 3
Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, Resolución 1798 de 2019
Este concepto tiene el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Atentamente,
Proyectó: Felipe Alfonso Muñoz Tocarruncho
Decreto 2269 de 1993, artículo 3. La Normalización Técnica será adelantada por:
(…)
b) El Organismo Nacional de Normalización, quien ejercerá las funciones previstas en el presente Decreto. El Instituto Colombiano de Normas Técnicas, Icontec, continuará siendo el Organismo Nacional de Normalización (…) ↑