Conceptos CCE › 4201912000005600

4201912000005600

Radicado: 4201912000005600Fecha: 2 de septiembre de 2019
Autoridad 0/100

En Concepto de Colombia Compra Eficiente (03/09/2019) se indica que, para definir la experiencia exigible en licitación de obra pública de infraestructura de transporte con base en la Matriz 1 - Experiencia (Documentos Tipo implementados con la Resolución 1798 de 2019), la entidad debe considerar: el alcance del objeto, el tipo de infraestructura, las actividades de la Matriz 1 y la cuantía del proceso. La entidad estatal solo puede exigir la experiencia general y específica prevista en la Matriz 1, en las condiciones allí previstas, solicitándola con la descripción completa correspondiente. Además, debe seguir pasos para identificar el tipo de infraestructura, la “actividad a contratar”, el rango de cuantía, y luego la experiencia general y la experiencia específica con el porcentaje de dimensionamiento permitido. Si la Matriz señala N.A en experiencia específica, no puede exigirse experiencia específica.

Expediente: 4201912000005600 – Fecha: 03-09-2019 – Número Interno: N/A – Demandado: – Actor: – Radicado de entrada: 4201912000005600 – Radicado de salida: 2201913000006500 – Restrictor:Descriptor: – Mes: Septiembre – Año: 2019

Texto del concepto

DOCUMENTOS TIPO – Experiencia – Matriz 1

En los Documentos Tipo implementados y desarrollados a través de la Resolución No. 1798 del 1 de abril de 2019, aplicables a los procesos de licitación de obra pública de infraestructura de transporte, para definir la experiencia exigible, la entidad estatal, en la etapa de planeación, debe tener en cuenta: i) el alcance del objeto a contratar, ii) el tipo de infraestructura, iii) las actividades definidas en la Matriz 1- Experiencia y iv) la cuantía del proceso de contratación. (…) la experiencia se exigirá de acuerdo con el tipo de infraestructura, la actividad a contratar y la cuantía del Proceso de Contratación.

[…] la entidad estatal sólo puede exigir la experiencia general y especifica prevista en la Matriz 1- Experiencia, en las condiciones allí previstas, sin que sea viable exigir actividades o cantidades adicionales o modificar las actividades válidas para la acreditación de experiencia, es decir, se debe solicitar con la descripción completa que corresponda a la experiencia general y especifica.

Bogotá D.C., 03/09/2019 Hora 16:12:49s

Señor

Jorge Hernán López

Carrera 28A No 67-31 Apto 302

Manizales Caldas

N° Radicado: 2201913000006509

Radicación: Respuesta a consulta # 4201912000005609

Temas: Documentos Tipo, otros

Tipo de asunto consultado: Experiencia especifica en Documentos Tipo

Estimado señor López,

La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente responde su consulta del 16 de agosto de 2019, en ejercicio de la competencia otorgada por el numeral 5 del artículo 3 y numeral 8 del artículo 11 del Decreto 4170 de 2011.

Problema planteado

“En los procesos de contratación de obras de infraestructura que usan la Matriz 1 - Experiencia, las entidades pueden pedir porcentaje de dimensionamiento en volúmenes de concreto por ejemplo? Tengo entendido que lo que pueden pedir es porcentaje de Longitud a intervenir, pero en términos de Longitud intervenida.

“La pregunta la realizo porque en un proceso en Belalcázar (Caldas) me están eliminando de un proceso en el que presenté el porcentaje correcto de Longitud intervenida exigido por la Matriz, y la entidad interpreta como cantidades de obra en volúmenes de concreto”.

Consideraciones

La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente no es competente para resolver consultas referidas a actividades contractuales específicas de las Entidades Estatales, ni para intervenir en el desarrollo de los procesos de contratación que estas tramitan, sin embargo, comoquiera que los Documentos Tipo fueron desarrollados e implementados por esta Entidad, se responderá a la solicitud de manera general.

En los Documentos Tipo implementados y desarrollados a través de la Resolución No. 1798 del 1 de abril de 2019, aplicables a los procesos de licitación de obra pública de infraestructura de transporte, para definir la experiencia exigible, la entidad estatal, en la etapa de planeación, debe tener en cuenta: i) el alcance del objeto a contratar, ii) el tipo de infraestructura, iii) las actividades definidas en la Matriz 1- Experiencia y iv) la cuantía del proceso de contratación. Por lo tanto, debe seguir los siguientes pasos:

  1. Identificar en la Matriz 1- Experiencia, el tipo de infraestructura sobre el cual recae la obra a ejecutar. Al respecto esta matriz contiene ocho (8) secciones: 1. OBRAS EN VÍAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS. 2. OBRAS EN VIAS TERCIARIAS. 3. OBRAS MARITIMAS Y FLUVIALES. 4. OBRAS EN VIAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O TERCIARIAS PARA ATENCIÓN DE EMERGENCIAS DIFERENTES A CONTRATACIÓN DIRECTA. 5. OBRAS FERREAS. 6. OBRAS INFRAESTRUCTURA VIAL URBANA. 7. OBRAS EN PUENTES. 8. OBRAS AEROPORTUARIAS.
  2. Una vez definido el tipo de infraestructura, identificar la “ACTIVIDAD A CONTRATAR” acorde con la Matriz 1- Experiencia.

La “Actividad a contratar” corresponde a la obra que pretenda ejecutar la entidad estatal de acuerdo con el objeto y su alcance. En este sentido, la entidad debe identificar cuál o cuáles de las actividades a contratar definidas en la “Matriz 1 – Experiencia” corresponden a las obras que ejecutará y de esta manera solicitar la experiencia que corresponde.

  1. Identificar el rango en el cual se encuentra el Proceso de Contratación de acuerdo con el presupuesto oficial.
  2. Identificar la “experiencia general” exigible acorde con la Matriz 1- Experiencia teniendo en cuenta la actividad a contratar y el rango de la cuantía del Proceso de Contratación.
  3. Identificar la "experiencia específica” exigible y el porcentaje de dimensionamiento que se puede solicitar acorde con la longitud a ejecutar de acuerdo con la cuantía del proceso de contratación. En los casos que en la “experiencia específica” se indique las siglas N.A significa que la entidad estatal no puede exigir a los proponentes ningún tipo de experiencia específica en los procesos de contratación.

En este sentido, la experiencia se exigirá de acuerdo con el tipo de infraestructura, la actividad a contratar y la cuantía del Proceso de Contratación. Así, por ejemplo, si el objeto del Proceso es el CONSTRUCCIÓN DE PLACA HUELLA” y la cuantía del Proceso está entre 100 y 1.000 SMMLV, la entidad estatal solicitará únicamente como “experiencia general”, referida a la “CONSTRUCCIÓN O MEJORAMIENTO EN PAVIMENTO ASFALTICO O CONCRETO HIDRÁULICO O PLACA HUELLA DE VÍAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VÍAS TERCIARIAS O VÍAS URBANAS O PISTAS DE

AEROPUERTOS”, según establece la Matriz 1 -Experiencia. Por su parte, si la cuantía del proceso está de 1.001 hasta 27.000 SMMLV se exigirá aparte de la “experiencia general”, señalada y descrita previamente, “por lo menos un (1) contrato cuya longitud intervenida corresponda al 50% de la longitud de la vía a construir mediante el proceso de contratación” como “experiencia específica”. Finalmente, si la cuantía del Proceso de Contratación es mayor a 27001 SMMLV, aparte de la “experiencia general” referida se deberá aportar “al menos un (1) contrato que la longitud intervenida corresponda al 100% de la longitud de vía a construir mediante el presente proceso de contratación”, como “experiencia específica”.

En este sentido, la entidad estatal sólo puede exigir la experiencia general y especifica prevista en la Matriz 1- Experiencia, en las condiciones allí previstas, sin que sea viable exigir actividades o cantidades adicionales o modificar las actividades válidas para la acreditación de experiencia, es decir, se debe solicitar con la descripción completa que corresponda a la experiencia general y especifica. Lo anterior en consideración a lo señalado en el Documento Base que hace parte de los Documentos Tipo, en los literales A y E del numeral 3.5.1, CARACTERISTICAS DE LOS CONTRATOS PRESENTADOS PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA EXIGIDA.[1]

Respuesta

La entidad estatal al definir la “experiencia general” y “especifica” del proceso de contratación de licitación de obra pública de infraestructura de transporte, no puede exigir experiencia diferente a la definida en la “Matriz 1 – Experiencia”, es decir, solamente podrá solicitar longitudes, cantidades o volúmenes cuando de acuerdo con la cuantía del proceso de contratación, tipo de infraestructura y actividad a contratar, se contemple dicha exigencia como “experiencia específica”.

Por lo anterior, teniendo en cuenta que se desconoce la actividad a contratar objeto de su consulta, lo invitamos a consultar los Documentos Tipo publicados por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente disponibles en https://www.colombiacompra.gov.co/documentos-tipo/documentos-tipo-para-licitacion- de-obra-publica-de-infraestructura-de-transporte, y verificar la experiencia que aplica al proceso de contratación de acuerdo con la metodología previamente expuesta.

Este concepto tiene el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Atentamente,

Proyectó: Fredy Alexander Rodríguez Ardila

  1. “Numeral 3.5.1. Características de los contratos presentados para acreditar experiencia exigida.

    Los contratos por acreditar deberán cumplir las siguientes características:

    “A. Que las actividades ejecutadas correspondan a [Actividad o actividades señaladas en la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.] y guarden relación directa con el objeto del contrato].

    (…)

    “E. Dependiendo del Presupuesto Oficial en SMMLV deberán acreditar la experiencia específica señalada en la Matriz 1 – Experiencia en la(s) actividad(es) requeridas para la ejecución del objeto del Contrato”.

Preguntas frecuentes

¿Qué debe tener en cuenta la entidad estatal para definir la experiencia exigible en obras de infraestructura de transporte?
Debe considerar el alcance del objeto, el tipo de infraestructura, las actividades definidas en la Matriz 1 - Experiencia y la cuantía del proceso de contratación.
¿Puede la entidad exigir actividades o cantidades adicionales a las previstas en la Matriz 1 - Experiencia?
No. Solo puede exigir la experiencia general y específica prevista en la Matriz 1, en las condiciones allí previstas, sin añadir actividades o cantidades adicionales ni modificar las actividades válidas para acreditación.
¿Cómo se determina la “actividad a contratar” en la Matriz 1 - Experiencia?
Se identifica la(s) actividad(es) definida(s) en la Matriz 1 que corresponden a las obras que ejecutará la entidad, conforme al objeto y su alcance.
¿Qué deben hacer las entidades para establecer la experiencia general exigible?
Identificar el rango en el que está el proceso según el presupuesto oficial y, con base en la actividad a contratar y el rango de cuantía, determinar la experiencia general conforme a la Matriz 1.
¿Qué significa que en la experiencia específica la Matriz 1 indique “N.A”?
Significa que la entidad estatal no puede exigir a los proponentes ningún tipo de experiencia específica en el proceso.