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4201912000006150

Radicado: 4201912000006150Fecha: 24 de septiembre de 2019
Autoridad 0/100

Colombia Compra Eficiente aclara que los Documentos Tipo adoptados mediante el Decreto 342 de 2019 se estructuran para procesos con objeto único y no para procesos que se dividan en lotes, grupos, módulos u otras denominaciones que impliquen varias contrataciones en un solo proceso. No obstante, por la existencia de entidades que adelantan licitaciones por lotes (por alcance del objeto o por razones de celeridad, economía y eficacia), la Agencia expidió orientaciones y recomendaciones en una guía para la comprensión e implementación de estos Documentos Tipo, hasta que se adopten y apliquen reglas específicas para este tipo de procesos. También indica que las entidades tienen discrecionalidad para adaptar el contenido, siempre que no contradigan ni modifiquen condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia ni los sistemas de ponderación definidos en los documentos tipo.

Expediente: 4201912000006150 – Fecha: 25-09-2019 – Número Interno: N/A – Demandado: – Actor: – Radicado de entrada: 4201912000006150 – Radicado de salida: 2201913000007120 – Restrictor:Descriptor: – Mes: Septiembre – Año: 2019

Texto del concepto

DOCUMENTOS TIPO – Decreto 342 de 2019 – Objeto único de estructuración

Los Documentos Tipo fueron estructurados y adoptados para procesos de contratación que tienen objeto único, no para procesos que se estructuren por lotes, grupos, módulos o cualquier otra denominación que implique adelantar varias contrataciones a través de un solo proceso de contratación. Sin embargo, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, teniendo en cuenta que existen entidades que adelantan procesos por lotes, bien porque el alcance y extensión del objeto lo permite o para materializar principios de celeridad, economía y eficacia que se obtiene al acumular los procesos de contratación, estableció orientaciones y recomendaciones en la “Guía para la comprensión e implementación de los Documentos Tipo de licitación de obra de infraestructura de transporte”, hasta tanto se adopten, desarrollen e implementen los documentos con las reglas aplicables a este tipo de procesos.

DOCUMENTOS TIPO – Procesos por lotes o grupo – Posibilidad de adaptación

Las entidades que adelanten procesos de contratación de licitación de obra publica de infraestructura de transporte estructurados por lotes o grupos, cuentan con cierta discrecionalidad para adaptar el contenido de los Documentos Tipo siempre que no se contradigan, modifiquen o alteren las condiciones habilitantes, los factores técnicos y económicos de escogencia y los sistemas de ponderación allí definidos.

Bogotá D.C., 25/09/2019 Hora 16:0:4s

N° Radicado: 201913000007126

Señor

Yamill Montenegro Calderón

Carrera 49 #91-76 Bogotá D.C.

Radicación: Respuesta a consulta # 4201912000006157

Temas: Documentos Tipo, otros

Tipo de asunto consultado: Experiencia en procesos de licitación que aplican

pliegos tipo estructurados por lotes

Estimado señor Montenegro,

La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente responde su consulta del 10 de septiembre de 2019, en ejercicio de la competencia otorgada por el numeral 5 del artículo 3 y numeral 8 del artículo 11 del Decreto 4170 de 2011.

Problema planteado

El peticionario informa que la Alcaldía Local de Kennedy adelanta el proceso No. FDLK-LP- 2-2019 estructurado por lotes o grupos y aplicando los Documentos Tipo, por lo cual solicita aclarar si esta entidad puede incluir en el numeral 3.5.7 del “Documento Base” el siguiente texto: "En el evento en que un mismo proponente presente oferta para los dos grupos, deberá relacionar su experiencia haciendo uso de un solo formato 3 y acreditar su experiencia en un número máximo de seis contratos, mediante los cuales deberá acreditar los porcentajes mínimos a certificar establecidos en la tabla del presente numeral sobre la sumatoria del presupuesto oficial en SMMLV de los dos grupos".

El peticionario considera que Colombia Compra Eficiente “ha establecido que la experiencia en procesos de contratación adelantados por Lotes debe ser evaluada de forma independiente para cada Lote, por lo tanto, la nota que incluyó la Entidad en el pliego va en contra vía de esta directriz”.

Consideraciones

La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente no es competente para resolver consultas referidas a actividades contractuales específicas de las Entidades Estatales, ni para intervenir en el desarrollo de los procesos de contratación que estas tramitan, sin embargo, comoquiera que los Documentos Tipo fueron desarrollados e implementados por parte de esta Entidad, se responderá a la solicitud de manera general.

Los Documentos Tipo adoptados mediante el Decreto 342 de 2019 e implementados y desarrollados a través de la Resolución 1798 de 2019, expedida por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, establecen las condiciones habilitantes, los factores técnicos y económicos de escogencia y los sistemas de ponderación de carácter obligatorio para las entidades estatales sometidas al Estatuto General de la Contratación Pública que adelanten procesos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte.

Los Documentos Tipo fueron estructurados y adoptados para procesos de contratación que tienen objeto único, no para procesos que se estructuren por lotes, grupos, módulos o cualquier otra denominación que implique adelantar varias contrataciones a través de un solo proceso de contratación. Sin embargo, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, teniendo en cuenta que existen entidades que adelantan procesos por lotes, bien porque el alcance y extensión del objeto lo permite o para materializar principios de celeridad, economía y eficacia que se obtiene al acumular los procesos de contratación, estableció orientaciones y recomendaciones en la “Guía para la comprensión e implementación de los Documentos Tipo de licitación de obra de infraestructura de transporte”, hasta tanto se adopten, desarrollen e implementen los documentos con las reglas aplicables a este tipo de procesos.

En la “Guía para la comprensión e implementación de los Documentos Tipo de licitación de obra de infraestructura de transporte” se diseñó la sección de “preguntas frecuentes”, en la cual se incluye el siguiente interrogante, con su respuesta:

¿Qué pasa si mi proceso de contratación es por lotes/ grupos ¿Cómo utilizo los documentos tipo?

Las Entidades Estatales deberán aplicar los Documentos Tipo para cada uno de los lotes que corresponda para lo cual deberá adaptar el contenido de estos, teniendo en cuenta que:

  • La experiencia debe analizarse de manera independiente para cada uno de los lotes.
  • Los indicadores financieros son analizados en su totalidad, independientemente del número de lotes a los que se presente el Proponente.
  • La capacidad residual deberá ser analizada teniendo en cuenta el número de lotes al que se presente.

La anterior pregunta, con su respuesta, reiteran la obligatoriedad[1] de utilizar los Documentos Tipo cuando se trata de procesos de contratación por lotes o grupos y da recomendaciones que deben tener en cuenta las entidades estatales al estructurar este tipo de procesos, por lo tanto, en este aspecto las entidades cuentan con cierta discrecionalidad al adaptar la reglas de los Documentos Tipo y fijar aquellas que se requieran para adecuar el contenido de los documentos a los procesos por lotes o grupos, siempre y cuando no se contraríe el artículo 2.2.1.2.6.1.4. del Decreto 1082 de 2015[2].

Para el caso de la “experiencia” en este tipo de procesos, la recomendación señala que “debe analizarse de manera independiente para cada uno de los lotes”. Ello implica que la entidad estatal, al establecer la experiencia general y especifica de cada uno de los lotes, debe tener en cuenta el presupuesto oficial, el objeto y el alcance de las actividades a ejecutar de cada lote. Así, es posible que, acorde con la aplicación de la Matriz 1- Experiencia, se solicite experiencia diferente para cada uno de los lotes, caso en el cual los proponentes deberán determinar si los contratos que se pretenden aportar cumplen con las condiciones particulares de cada lote o debe aportar contratos diferentes para cumplir con el requerimiento de cada uno de los lotes.

Adicionalmente, al realizarse el análisis de la experiencia de manera independiente para cada uno de los lotes, el proponente puede aportar hasta seis (6) contratos para cada uno de ellos y acorde con el numeral 3.5.7 del Documento Base los contratos aportados deberán acreditar el porcentaje mínimo del presupuesto oficial del lote fijado en la tabla de este numeral.

Ahora bien, la “Guía para la comprensión e implementación de los Documentos Tipo de licitación de obra de infraestructura de transporte” es un instrumento orientador para los partícipes del sistema de compra pública en la aplicación de los Documentos Tipo, sin embargo, su contenido carece de la obligatoriedad dada por el Decreto 342 de 2019 a los Documentos Tipo.

Por lo tanto, las recomendaciones de la “Guía” son indicaciones para las entidades estatales que pueden ser modificadas de acuerdo con la interpretación adoptada por estas, siempre y cuando no modifiquen o alteren los requisitos fijados los Documentos Tipo de acuerdo con el artículo 2.2.1.2.6.1.4. del Decreto 1082 de 2015.

Finalmente, la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente informa que se encuentra trabajando para definir y dejar una regla clara frente al tema de la estructuración de los procesos a través de lotes o grupos.

Respuesta

Las entidades que adelanten procesos de contratación de licitación de obra publica de infraestructura de transporte estructurados por lotes o grupos, cuentan con cierta discrecionalidad para adaptar el contenido de los Documentos Tipo siempre que no se contradigan, modifiquen o alteren las condiciones habilitantes, los factores técnicos y económicos de escogencia y los sistemas de ponderación allí definidos.

Por lo tanto, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, considera que la interpretación adecuada para la recomendación señalada en la “Guía para la comprensión e implementación de los Documentos Tipo de licitación de obra de infraestructura de transporte”, es la expuesta en la parte considerativa de la presente consulta, sin embargo, las entidades pueden efectuar los ajustes para adecuar los procesos por lotes, siempre y cuando se cumplan los aspectos señalados en el Decreto 342 de 2019 y en los Documentos Tipo.

Este concepto tiene el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Atentamente,

Proyectó: Fredy Alexander Rodríguez Ardila

  1. Decreto 1082 de 2015, “artículo 2.2.1.2.6.1.2. Alcance: Los Documentos Tipo contienen parámetros obligatorios para las entidades estatales sometidas al Estatuto General de la Contratación Pública que adelanten procesos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte”.

  2. Decreto 1082 de 2015: “artículo 2.2.1.2.6.1.4. Inalterabilidad de los Documentos Tipo. Las entidades estatales contratantes no podrán incluir o modificar dentro de los Documentos del Proceso las condiciones habilitantes, los factores técnicos y económicos de escogencia y los sistemas de ponderación distintos a los señalados en los Documentos Tipo”.

Preguntas frecuentes

¿Los Documentos Tipo del Decreto 342 de 2019 están pensados para procesos por lotes o grupos?
No. Fueron estructurados y adoptados para procesos con objeto único, y no para procesos estructurados por lotes, grupos o módulos que implican varias contrataciones en un solo proceso.
¿Qué sucede si una entidad adelanta una licitación de obra por lotes?
CCE señala que, mientras se adoptan reglas aplicables a estos procesos, emitió orientaciones y recomendaciones en la “Guía para la comprensión e implementación de los Documentos Tipo de licitación de obra de infraestructura de transporte”.
¿Puede una entidad adaptar los Documentos Tipo cuando el proceso se estructura por lotes?
Sí, hay cierta discrecionalidad para adaptar el contenido, siempre que no se contradigan, modifiquen o alteren condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia ni los sistemas de ponderación definidos.
¿Colombia Compra Eficiente resuelve asuntos contractuales específicos de las entidades?
No. CCE indica que no es competente para resolver consultas sobre actividades contractuales específicas o para intervenir en el desarrollo de los procesos de las entidades.
¿En qué casos deben aplicarse obligatoriamente las condiciones de los Documentos Tipo?
Cuando se adelanten procesos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte bajo el Estatuto General de la Contratación Pública, las condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos y sistemas de ponderación son de carácter obligatorio.