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DOCUMENTOS TIPO

Radicado: 4201912000007140Fecha: 1 de diciembre de 2019
Mejoramiento con pavimentación en concreto asfáltico en vía…
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El concepto de Colombia Compra Eficiente explica cómo definir la experiencia exigible en procesos de licitación de obra pública de infraestructura de transporte, usando los Documentos Tipo de la Resolución 1798 de 2019. La entidad, en planeación, debe tener en cuenta el alcance del objeto, el tipo de infraestructura, las actividades de la “Matriz 1 - Experiencia” y la cuantía del proceso. Según el concepto, la entidad solo puede exigir la experiencia general y específica prevista en la Matriz 1, en las condiciones allí establecidas, sin exigir actividades o cantidades adicionales ni modificar las actividades válidas para acreditar experiencia. También aclara la diferencia entre las “actividades que conforman el objeto/alcance” y las “actividades que solicitará la entidad como experiencia”, y cómo pedir experiencia cuando el objeto incluye dos o más actividades (cada aparte o sus combinaciones).

Expediente: 4201912000007140 – Fecha: 02-12-2019 – Número Interno: N/A – Demandado: – Actor: – Radicado de entrada: 4201912000007140 – Radicado de salida: 2201913000008860 – Restrictor: Mejoramiento con pavimentación en concreto asfáltico en vía terciaria,Experiencia exigible,Actividad a contratar,Ejecución de actividades,Matriz 1,Combinaciones de actividades – Descriptor: DOCUMENTOS TIPO – Mes: Diciembre – Año: 2019

Texto del concepto

DOCUMENTOS TIPO – “Mejoramiento con pavimentación en concreto asfáltico en vía terciaria” – Experiencia exigible

En los Documentos Tipo implementados y desarrollados a través de la Resolución No. 1798 del 1 de abril de 2019, aplicables a los procesos de licitación de obra pública de infraestructura de transporte, para definir la experiencia exigible, la entidad estatal, en la etapa de planeación, debe tener en cuenta: i) el alcance del objeto a contratar, ii) el tipo de infraestructura, iii) las actividades definidas en la Matriz 1 - Experiencia y iv) la cuantía del proceso de contratación.

La entidad estatal sólo puede exigir la experiencia general y específica prevista en la Matriz 1 - Experiencia, en las condiciones allí previstas, sin que sea viable exigir actividades o cantidades adicionales o modificar las actividades válidas para la acreditación de experiencia, es decir, se debe solicitar con la descripción completa que corresponda a la experiencia general y específica.

DOCUMENTOS TIPO – Matriz 1 – Actividad a contratar

La columna “ACTIVIDAD A CONTRATAR” de la Matriz 1 - Experiencia, describe las actividades que las entidades estatales pueden contratar, las cuales están identificadas por cada uno de los diferentes tipos de infraestructura de transporte que deben aplicar los Documentos Tipo. Cuando la entidad estatal de acuerdo con el alcance del objeto contractual ha identificado el tipo de infraestructura, la actividad a contratar y la cuantía del proceso de contratación, debe determinar la experiencia con base en la Matriz 1 - Experiencia, así, cuando se establece que la “Ejecución de Actividades se pedirán según el requerimiento de cada proceso”, implica que la entidad debe seguir la metodología previamente expuesta, para establecer la experiencia exigible en el proceso de contratación.

DOCUMENTOS TIPO – Actividad a Contratar – Ejecución de actividades

Cuando la “Matriz 1- Experiencia” utiliza las expresiones “actividad a contratar” y “la ejecución de actividades se pedirán según el requerimiento de cada proceso”, se refiere a dos situaciones diferentes. En el primer evento, se trata de las actividades que conforman el objeto contractual o su alcance, las cuales servirán para definir la experiencia exigible en el proceso de contratación. En el segundo evento, se refiere a las actividades que solicitará la entidad estatal como experiencia y las cuales deben ser acreditadas por los proponentes interesados en participar en el proceso de contratación.

DOCUMENTOS TIPO – Matriz 1 – Combinaciones de actividades

Una vez identificado en cuál o cuáles de las actividades a contratar se encuentra el objeto del proceso de contratación, deberá solicitar la experiencia o las experiencias que correspondan. Cuando el proceso de contratación incluya dos o más actividades en el objeto, la entidad estatal podrá exigir la experiencia así: i) los de “cada aparte”, caso en el cual solicitará la experiencia general y específica, cuando esta aplique, de cada una de las actividades a contratar o, ii) sus combinaciones, con las implicaciones antes señaladas.

La entidad estatal no puede omitir, modificar o alterar2 la experiencia que corresponda a cada actividad de acuerdo con la Matriz 1 - Experiencia. Esta se debe solicitar en las condiciones allí establecidas.

Bogotá D.C., 02/12/2019 Hora 16:3:59s

N° Radicado: 2201913000008869

Señor Ciudadano Ciudad

Radicación:

Respuesta a consulta # 4201912000007142

Temas:

Pliegos tipo, experiencia

Tipo de asunto

consultado:

Solicitud de experiencia de acuerdo con la matriz establecida

en los pliegos tipo

Estimado señor,

La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente responde su consulta del 17 de octubre de 2019, en ejercicio de la competencia otorgada por el numeral 8 del artículo 11 y el numeral 5 del artículo 3 del Decreto Ley 4170 de 2011.

Problema planteado

El peticionario plantea las siguientes preguntas relacionadas con la matriz de experiencia de los pliegos tipo: i)“¿Qué se puede colocar si lo que estamos proyectando es el mejoramiento con pavimentación en concreto asfáltico de un tramo de 3 km de una vía terciaria?”, y ii) “¿Podemos pedir ejecución mínima de cantidades de los ítems de un pavimento asfáltico? Ejemplo: 200 m3 de excavación, 400 m3 de subbase, 300 m3 de base, etc.?”.

Consideraciones

Esta subdirección en el concepto identificado con el radicado No. 4201912000004426 del 9 de agosto de 2019, reiterado en los conceptos: i) 4201912000005320 del 26 de agosto de 2019, ii) 4201912000005416 del 26 de agosto de 2019, iii) 4201912000005609 del 3 de

septiembre de 2019, iv) 4201912000005628 del 5 de septiembre de 2019, v)

4201912000006151 del 25 de septiembre de 2019 y vi) 4201912000007034 del 28 de

octubre de 2019, se pronunció sobre la matriz de experiencia de los pliegos tipo. La tesis propuesta en estos conceptos es la que se expone a continuación.

En los Documentos Tipo implementados y desarrollados a través de la Resolución No. 1798 del 1 de abril de 2019, aplicables a los procesos de licitación de obra pública de infraestructura de transporte, para definir la experiencia exigible, la entidad estatal, en la etapa de planeación, debe tener en cuenta: i) el alcance del objeto a contratar, ii) el tipo de infraestructura, iii) las actividades definidas en la Matriz 1 - Experiencia y iv) la cuantía del proceso de contratación. Por lo tanto, debe seguir estos pasos:

  1. Identificar en la Matriz 1 - Experiencia, el tipo de infraestructura sobre el cual recae la obra a ejecutar. Al respecto esta matriz contiene ocho (8) secciones: 1. OBRAS EN VÍAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS. 2. OBRAS EN VIAS TERCIARIAS. 3. OBRAS MARITIMAS Y FLUVIALES. 4. OBRAS EN VIAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O TERCIARIAS PARA ATENCIÓN DE EMERGENCIAS DIFERENTES A CONTRATACIÓN DIRECTA. 5. OBRAS FERREAS. 6. OBRAS INFRAESTRUCTURA VIAL URBANA. 7. OBRAS EN PUENTES. 8. OBRAS AEROPORTUARIAS.
  2. Una vez definido el tipo de infraestructura, identificar la “ACTIVIDAD A CONTRATAR” acorde con la Matriz 1 - Experiencia.

La “actividad a contratar” corresponde a la obra que pretenda ejecutar la entidad estatal de acuerdo con el objeto y su alcance. En este sentido, la entidad debe identificar cuál o cuáles de las actividades a contratar definidas en la Matriz 1 - Experiencia corresponden a las obras que ejecutará y de esta manera solicitar la experiencia que corresponde.

  1. Identificar el rango en el cual se encuentra el proceso de contratación de acuerdo con el presupuesto oficial.
  2. Identificar la “experiencia general” exigible acorde con la Matriz 1 - Experiencia teniendo en cuenta la actividad a contratar y el rango de la cuantía del proceso de contratación.
  3. Identificar la "experiencia específica” exigible y el porcentaje de dimensionamiento que se puede solicitar acorde con la longitud a ejecutar de acuerdo con la cuantía del proceso de contratación. En los casos que en la “experiencia específica” se indique las siglas N.A. significa que la entidad estatal no puede exigir a los proponentes ningún tipo de experiencia específica en los procesos de contratación.

En este sentido, la experiencia se exigirá de acuerdo con el tipo de infraestructura, la actividad a contratar y la cuantía del proceso de contratación. Así, por ejemplo, si el objeto del proceso es la CONSTRUCCIÓN DE PLACA HUELLA” y la cuantía del proceso está entre 100 y 1.000 SMMLV, la entidad estatal solicitará únicamente como “experiencia general” la referida a la “CONSTRUCCIÓN O MEJORAMIENTO EN PAVIMENTO ASFALTICO O CONCRETO HIDRÁULICO O PLACA HUELLA DE VÍAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VÍAS TERCIARIAS O VÍAS URBANAS O PISTAS DE

AEROPUERTOS”, según lo establece la Matriz 1 - Experiencia. Por su parte, si la cuantía del proceso está de 1.001 hasta 27.000 SMMLV se exigirá aparte de la “experiencia general”, señalada y descrita previamente, “por lo menos un (1) contrato cuya longitud intervenida corresponda al 50% de la longitud de la vía a construir mediante el proceso de contratación” como “experiencia específica”. Finalmente, si la cuantía del proceso de contratación es mayor a 27001 SMMLV, aparte de la “experiencia general” referida se deberá aportar “al menos un (1) contrato que la longitud intervenida corresponda al 100% de la longitud de vía a construir mediante el presente proceso de contratación”, como “experiencia específica”.

En este sentido, la entidad estatal sólo puede exigir la experiencia general y específica prevista en la Matriz 1 - Experiencia, en las condiciones allí previstas, sin que sea viable exigir actividades o cantidades adicionales o modificar las actividades válidas para la acreditación de experiencia, es decir, se debe solicitar con la descripción completa que corresponda a la experiencia general y específica. Lo anterior en consideración a lo señalado en el Documento Base que hace parte de los Documentos Tipo en los literales A y E del numeral 3.5.1 CARACTERISTICAS DE LOS CONTRATOS PRESENTADOS PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA EXIGIDA[1].

Ahora bien, frente a la nota de la Matriz 1 - Experiencia que establece que “La ejecución de actividades se pedirán según el requerimiento de cada proceso, se pueden pedir los de cada APARTE o sus combinaciones”, aplica para aquellos procesos de contratación que acorde con el objeto y su alcance involucran la ejecución de actividades que corresponden a dos o más tipos de actividades dentro de un mismo tipo de infraestructura, de las ocho previstas en la Matriz 1 - Experiencia, o corresponde a actividades a contratar que involucran dos o más tipos de infraestructura.

Por ejemplo, cuando la obra a ejecutar incluye en su objeto contractual: i) la construcción de vías primarias o secundarias y ii) la construcción de puentes, la entidad estatal, al definir la experiencia, deberá identificar las actividades que se relacionan con su objeto contractual, así: “1.1 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE VÍAS” y “7.1 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE PUENTES EN ESTRUCTURA EN CONCRETO” y debe

identificar la experiencia general y especifica que corresponde a cada actividad de acuerdo con lo previsto en la Matriz 1 - Experiencia.

Una vez determinadas las dos o más actividades que se van a contratar dentro del objeto contractual, y aplicando la nota de la Matriz 1 - Experiencia, la entidad estatal puede pedir la experiencia de “los de cada aparte o sus combinaciones”, así:

    1. Los de cada aparte, implica que se debe solicitar la experiencia “general” y “específica” de cada una de las actividades que se relacionan con el objeto contractual. Tenga en cuenta que la experiencia específica se debe solicitar únicamente cuando lo establece la Matriz 1 - Experiencia acorde con la actividad a contratar y la cuantía del proceso de contratación. Esto implica la exigencia de la experiencia general y específica total, indicada para cada actividad, sin la posibilidad de fraccionarla.

De acuerdo con el ejemplo propuesto, la entidad estatal tiene que solicitar la “experiencia general” y “específica" de la actividad “1.1 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE VÍAS”, así:

Experiencia general:

CONSTRUCCIÓN EN PAVIMENTO ASFALTICO O CONCRETO HIDRÁULICO DE VÍAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VIAS URBANAS O PISTAS DE AEROPUERTOS

Experiencia específica (Entre 1.001 y 13.000 SMMLV):

Por lo menos uno (1) de los contratos válidos aportados además de la experiencia general debe contar con una longitud Intervenida correspondiente al XX% de la longitud de carretera a construir mediante el presente proceso de contratación. [La Entidad deberá establecer la variable "XX%" conforme a la relación entre longitudes y porcentajes señalada en la fila denominada "% DE DIMENSIONAMIENTO"]

Además, la entidad solicitará la “experiencia general” y “experiencia específica” de la actividad “7.1 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE PUENTES EN ESTRUCTURA EN

CONCRETO”, sin posibilidad de omitir la experiencia general o específica de alguna de las dos actividades:

Experiencia general:

CONSTRUCCIÓN DE PUENTES VEHICULARES O FERREOS, EN ESTRUCTURA EN CONCRETO

Experiencia específica (Entre 1.001 y 13.000 SMMLV):

De los contratos acreditados, se debe presentar por lo menos un (1) contrato que corresponda a la CONSTRUCCIÓN DE PUENTES VEHICULARES O FERREOS, EN ESTRUCTURA EN CONCRETO cuya luz principal entre ejes de apoyos consecutivos (ESTRIBO-PILA o PILA-PILA o PILA-ESTRIBO o ESTRIBO - ESTRIBO) sea mayor o igual al 70% de la Longitud de la Luz Principal del Puente Objeto de la Presente Contratación.

    1. Sus combinaciones, esta expresión implica que la entidad estatal puede realizar combinaciones entre la experiencia general y específica de las dos o más actividades relacionadas con el objeto del contrato, mezclándolas entre sí, atendiendo las exigencias propias del objeto a contratar.

Siguiendo con el ejemplo, puede tomar la “experiencia general” de la actividad “1.1 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE VÍAS” referida en la Matriz 1 - Experiencia, como “CONSTRUCCIÓN EN PAVIMENTO ASFALTICO O CONCRETO HIDRÁULICO DE VÍAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VIAS URBANAS O PISTAS DE AEROPUERTOS” y la

“experiencia específica” requerida a la actividad “7.1 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE PUENTES EN ESTRUCTURA EN CONCRETO”, (Entre 1.001 y 13.000 SMMLV): De

los contratos acreditados, se debe presentar por lo menos un (1) contrato que corresponda a la CONSTRUCCIÓN DE PUENTES VEHICULARES O FERREOS, EN ESTRUCTURA

EN CONCRETO cuya luz principal entre ejes de apoyos consecutivos (ESTRIBO-PILA o PILA-PILA o PILA-ESTRIBO o ESTRIBO - ESTRIBO) sea mayor o igual al 70% de la Longitud de la Luz Principal del Puente Objeto de la Presente Contratación, y viceversa.

Para mayor claridad, las combinaciones posibles serían las siguientes:

  1. Solicitar la “experiencia general” de los dos o más tipos de actividades que se relacionan con el objeto a contratar.
  2. Exigir la “experiencia específica” de las dos o más actividades cuando la cuantía del proceso de contratación lo permita para ambas actividades.
  3. Requerir la “experiencia general” de la actividad “1.1 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE VÍAS” y además la “experiencia específica” de la actividad “7.1 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE PUENTES EN ESTRUCUTRA EN CONCRETO” en el evento que la cuantía del proceso de contratación lo requiera.
  4. Pedir la “experiencia específica” de la actividad “1.1 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE VÍAS” si la cuantía del proceso de contratación así lo demanda, y, además, la “experiencia general” de la actividad “7.1 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN PUENTES EN ESTRUCTURA EN CONCRETO”.

Conforme a lo anterior, cuando el proceso de contratación incluya dos o más actividades en el objeto, la entidad estatal podrá exigir la experiencia así: i) los de “cada aparte”, caso en el cual solicitará la experiencia general y específica, cuando este aplique, de cada una de las actividades a contratar o, ii) sus combinaciones, con las implicaciones antes señaladas.

En cualquiera de los dos eventos, a la entidad estatal le corresponde determinar cuál de las opciones se adecúa al proceso de contratación, teniendo en cuenta el objeto, su alcance y el estudio de sector, de manera que permita garantizar la pluralidad y libre concurrencia en el proceso de contratación y la idoneidad adjudicatario.

Respuesta

La columna “ACTIVIDAD A CONTRATAR” de la Matriz 1 - Experiencia, describe las actividades que las entidades estatales pueden contratar, las cuales están identificadas por cada uno de los diferentes tipos de infraestructura de transporte que deben aplicar los Documentos Tipo.

Cuando la entidad estatal de acuerdo con el alcance del objeto contractual ha identificado el tipo de infraestructura, la actividad a contratar y la cuantía del proceso de contratación, debe determinar la experiencia con base en la Matriz 1 - Experiencia, así, cuando se establece que la “Ejecución de Actividades se pedirán según el requerimiento de cada

proceso”, implica que la entidad debe seguir la metodología previamente expuesta, para establecer la experiencia exigible en el proceso de contratación.

Tenga en cuenta que cuando la “Matriz 1- Experiencia” utiliza las expresiones “actividad a contratar” y “la ejecución de actividades se pedirán según el requerimiento de cada proceso”, se refiere a dos situaciones diferentes. En el primer evento, se trata de las actividades que conforman el objeto contractual o su alcance, las cuales servirán para definir la experiencia exigible en el proceso de contratación. En el segundo evento, se refiere a las actividades que solicitará la entidad estatal como experiencia y las cuales deben ser acreditadas por los proponentes interesados en participar en el proceso de contratación. Ejemplo, la actividad a contratar es “1.1 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE VÍAS” y la ejecución de actividades que se pedirán como experiencia general será “CONSTRUCCIÓN EN PAVIMENTO ASFALTICO O CONCRETO HIDRÁULICO DE VÍAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VIAS URBANAS O PISTAS DE AEROPUERTOS”.

Por lo tanto, acorde con su consulta, una vez identificado en cuál o cuáles de las actividades a contratar se encuentra el objeto del proceso de contratación, deberá solicitar la experiencia o las experiencias que correspondan.

Cuando el proceso de contratación incluya dos o más actividades en el objeto, la entidad estatal podrá exigir la experiencia así: i) los de “cada aparte”, caso en el cual solicitará la experiencia general y específica, cuando esta aplique, de cada una de las actividades a contratar o, ii) sus combinaciones, con las implicaciones antes señaladas.

Así, para el primer caso, si el proceso de contratación incluye las tres actividades a contratar de obras en vías terciarias, de acuerdo con la Matriz 1 – Experiencia podrá solicitar la experiencia general y específica de las actividades a contratar 2.1, 2.2 y 2.3., o si así lo considera la entidad estatal, podrá recurrir al segundo evento, esto es efectuar combinaciones, caso en el cual puede pedir la experiencia general de las actividades 2.1, 2.2, y 2.3 o las experiencias específicas de las tres actividades, o la experiencia general de algunas, con la experiencia especifica de otras.

De acuerdo con lo previamente expuesto, si el objeto del proceso de contratación es construcción de placa huellas en vías terciarias, la actividad a contratar corresponderá a “2.1 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE VÍAS TERCIARIAS” y por lo tanto la

experiencia general y específica deberá ser solicitada en la forma previamente expuesta, es decir, si la cuantía del proceso está entre 100 y 1.000 SMMLV, la entidad estatal solicitará únicamente como “experiencia general”, referida a la “CONSTRUCCIÓN O MEJORAMIENTO EN PAVIMENTO ASFALTICO O CONCRETO HIDRÁULICO O PLACA

HUELLA DE VÍAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VÍAS TERCIARIAS O VÍAS

URBANAS O PISTAS DE AEROPUERTOS”, según lo establece la Matriz 1 - Experiencia. Por su parte, si la cuantía del proceso está de 1.001 hasta 27.000 SMMLV se exigirá aparte de la “experiencia general”, señalada y descrita previamente, “por lo menos un (1) contrato cuya longitud intervenida corresponda al 50% de la longitud de la vía a construir mediante el proceso de contratación” como “experiencia específica”. Finalmente, si la cuantía del Proceso de Contratación es mayor a 27001 SMMLV, aparte de la “experiencia general” referida se deberá aportar “al menos un (1) contrato que la longitud intervenida corresponda al 100% de la longitud de vía a construir mediante el presente proceso de contratación”, como “experiencia específica”.

Por lo tanto, la entidad estatal no puede omitir, modificar o alterar[2] la experiencia que corresponda a cada actividad de acuerdo con la Matriz 1 - Experiencia. Esta se debe solicitar en las condiciones allí establecidas.

Este concepto tiene el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Atentamente,

Proyectó: Ximena Ríos López

  1. “Numeral 3.5.1. Características de los contratos presentados para acreditar experiencia exigida.

    Los contratos por acreditar deberán cumplir las siguientes características:

    A. Que las actividades ejecutadas correspondan a [Actividad o actividades señaladas en la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.] y guarden relación directa con el objeto del contrato].

    (…)

    1. Dependiendo del Presupuesto Oficial en SMMLV deberán acreditar la experiencia específica señalada en la Matriz 1 – Experiencia en la(s) actividad(es) requeridas para la ejecución del objeto del Contrato”.

  2. Decreto 1082 de 2015: “Artículo: 2.2.1.2.6.1.4. Inalterabilidad de los Documentos Tipo. Las entidades estatales contratantes no podrán incluir o modificar dentro de los Documentos del Proceso las condiciones habilitantes, los factores técnicos y económicos de escogencia y los sistemas de ponderación distintos a los señalados en los Documentos Tipo”.

Preguntas frecuentes

¿Cómo debe la entidad estatal definir la experiencia exigible en los pliegos tipo?
Debe considerar el alcance del objeto, el tipo de infraestructura, las actividades de la Matriz 1 - Experiencia y la cuantía del proceso, aplicando la metodología prevista para fijar la experiencia.
¿Puede la entidad exigir experiencia con actividades o cantidades adicionales a las de la Matriz 1?
No. Solo puede exigir la experiencia general y específica prevista en la Matriz 1 - Experiencia, sin actividades o cantidades adicionales ni modificación de las actividades válidas para acreditar experiencia.
¿Qué significa que la Matriz 1 diga “Ejecución de Actividades se pedirán según el requerimiento de cada proceso”?
Puede referirse a (1) las actividades que conforman el objeto o su alcance para definir la experiencia exigible, o (2) las actividades que la entidad solicitará como experiencia a acreditar, según el proceso.
¿Cómo debe pedir experiencia si el objeto del proceso incluye dos o más actividades?
Puede exigirla (i) por cada aparte, pidiendo experiencia general y específica de cada actividad, o (ii) mediante combinaciones de actividades, sin omitir, modificar ni alterar la experiencia que corresponda según la Matriz 1.
¿Qué información debe usarse al solicitar la experiencia (descripción completa)?
Se debe solicitar con la descripción completa que corresponda a la experiencia general y específica, de acuerdo con la Matriz 1 - Experiencia.