El concepto C-217 de 2020 explica que la tabla de equivalencias de los Documentos Tipo sirve para determinar cómo un título de posgrado equivale a ciertos años de experiencia general o específica, y no para indicar cómo la entidad debe solicitar la experiencia al proponente. Por ejemplo, un doctorado puede aportar más años de experiencia equivalentes que un título de especialización. Además, indica que durante la ejecución del proyecto la entidad debe verificar la implementación del programa de gerencia de proyectos con un profesional de dedicación completa o con formación en gerencia de proyectos, y un mínimo de un (1) año de experiencia como coordinador, gerente, líder o director. También precisa que la solicitud de soportes académicos y de experiencia se hace para la ejecución del contrato, y no para otorgar puntaje de calidad. La dedicación completa implica disponibilidad durante todo el tiempo de ejecución, sin requerir permanencia en obra el 100% del tiempo.
Expediente: C-217 de 2020 – Fecha: 21-04-2020 – Número Interno: N/A – Demandado: – Actor: – Radicado de entrada: 4202012000001700 – Radicado de salida: 2202013000002920 – Restrictor: – Descriptor: – Mes: Abril – Año: 2020
Texto del concepto
CCE-DES-FM-17
DOCUMENTOS TIPO – «Anexo 1 – Anexo técnico» – Tabla de equivalencias
El cuadro referido a la equivalencia de títulos de posgrado en años de experiencia general o específica se refiere a la forma como el proponente podrá acreditar experiencia general o específica, no solo con los certificados de experiencia, sino con el título de posgrado; ahora, si el profesional acredita el título de doctorado, este título le dará más años de experiencia general o específica que la que da el título de posgrado de especialización. Por lo tanto, este cuadro no se refiere a la forma como la entidad debe solicitar la experiencia cuando se tiene un título de posgrado; sino, por el contrario, a la forma como un título de posgrado equivale a unos determinados años de experiencia general o específica.
DOCUMENTOS TIPO – «Formato 7A- Programa de Gerencia de Proyectos»
Por su parte, durante la ejecución del proyecto, la entidad verificará frente la implementación de programa de gerencia de proyectos, que se cuente con: i) un profesional tiempo completo en las áreas de la ingeniería o la arquitectura, que tenga un certificado o credencial en Project Management Professional, con mínimo un (1) año de experiencia como Coordinador, Gerente, líder o Director de Proyectos, o ii) un profesional en áreas de ingeniería o arquitectura que acredite una especialización, maestría o doctorado en gerencia de proyectos o afines, con mínimo un (1) año de experiencia como coordinador, gerente, líder o director de proyectos. En este caso, la entidad, al momento de iniciar la ejecución del contrato, solicitará al adjudicatario los soportes académicos y de experiencia requeridos para la gerencia del proyecto, pero no podrá solicitarlos para que se otorgue el puntaje de factor de calidad.
DOCUMENTOS TIPO – «Formato 7A- Programa de Gerencia de Proyectos» – Disponibilidad del profesional encargado
Finalmente, usted pregunta por el profesional de tiempo completo con el que debe contar el adjudicatario para instaurar el programa de gerencia de proyectos, frente a lo cual es necesario aclarar que, de acuerdo con lo señalado, en la ejecución del proyecto, la entidad debe verificar que este profesional tenga una dedicación completa a la obra, durante el tiempo en que esta se encuentre en operación según su jornada, lo cual no quiere decir que deba permanecer en la obra el 100% del tiempo, ya que las actividades del profesional en relación con el programa de gerencia de proyectos pueden corresponder a labores administrativas que se pueden adelantar en oficina, y otras que se deben verificar en el sitio de la obra, siempre y cuando se garantice su disponibilidad durante todo el tiempo en que se encuentre en ejecución el proyecto, de acuerdo con el horario establecido.
Bogotá D.C., 21/04/2020 Hora 22:29:9s
N° Radicado: 2202013000002920
Señor
Daniel Leonardo Velásquez Pinilla
Tunja, Boyacá
Concepto C ─ 217 de 2020
Temas:
| DOCUMENTOS TIPO – «Anexo 1 – Anexo técnico» – Tabla de equivalencias – «Formato 7A- Programa de Gerencia de Proyectos» – Disponibilidad del profesional encargado |
Radicación: | Respuesta a consulta # 4202012000001705 |
Estimado señor Velásquez,
La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente responde su consulta del 5 de marzo de 2020, en ejercicio de la competencia otorgada por el numeral 8 del artículo 11 y el numeral 5 del artículo 3 del Decreto Ley 4170 de 2011.
1. Problemas planteados
Usted realiza las siguientes preguntas: i) ¿de acuerdo con el anexo técnico de los Documentos Tipo, es posible que un profesional con 2 especializaciones homologue 48 meses de experiencia? y ii) ¿La participación de tiempo completo del profesional exigido para el programa de gerencia de proyectos implica que se debe garantizar la permanencia en obra?
2. Consideraciones
Teniendo en cuenta que la consulta se realiza en vigencia de la versión 1 de los Documentos Tipo para licitación de obra pública de infraestructura de transporte, las consideraciones que se presentan a continuación están relacionadas con el «Anexo 1 – Anexo técnico» de estos documentos.
2.1. El «Anexo 1 – Anexo técnico» y su tabla de equivalencias para la experiencia del personal profesional
La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, en el concepto con radicado No. 4201912000006495 del 18 de octubre de 2019, estudió el «Anexo 1 – Anexo técnico» y su tabla de equivalencias para la experiencia del personal profesional. La tesis desarrollada se expone a continuación.
En el Documento Base o Pliego Base, las entidades discriminarán en el «Anexo 1 - Anexo Técnico», numeral 7, los perfiles de los profesionales que se requieren para ejecutar el contrato, teniendo en cuenta el estudio de mercado y las necesidades propias de la entidad para cumplir con el objeto contractual. Por lo tanto, la entidad especificará si se requiere algún título profesional, cuántos años de experiencia general es la requerida en el procedimiento o si se necesita algún título de posgrado.
Ahora, la verificación del personal calificado se realizará una vez adjudicado el contrato. El numeral «8.1 INFORMACIÓN PARA EL CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA» del Documento Base señala que el contratista presentará a la interventoría respectiva, dentro del término que defina la entidad, los documentos que acreditan la idoneidad del personal profesional, ya sea presentando la hoja de vida del personal profesional, los soportes, la relación del equipo mínimo obligatorio, entre otros[1].
Por su parte, el interventor verificará el cumplimiento del personal calificado acudiendo a las reglas previstas en el «Anexo 1 – Anexo técnico», numeral 7, al establecer que: i) las hojas de vida y soportes del personal vinculado al proyecto se verificarán una vez se adjudique el contrato y no podrán ser pedidos durante la selección del contratista, ii) si el contratista ofrece dos o más profesionales para realizar actividades de un mismo cargo, cada uno de ellos deberá cumplir los requisitos exigidos en los pliegos de condiciones para el respectivo cargo; un mismo profesional no puede ser ofrecido para dos o más cargos diferentes, iii) el contratista deberá informar la fecha a partir de la cual los profesionales ofrecidos ejercen legalmente la profesión, iv) las certificaciones de experiencia de los profesionales deben ser expedidas por la persona natural o jurídica con quien se haya establecido la relación laboral o de prestación de servicios, v) se verificará la disponibilidad real para la cual se vinculan al proyecto, y por último, se discrimina la forma en la cual se mide la equivalencia de los títulos de postgrado en años de experiencia general o específica[2].
La equivalencia de los títulos en años de experiencia se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro:
Postgrado con título | Requisitos de Experiencia General | Requisitos de Experiencia Específica |
Especialización | Veinticuatro (24) meses | Doce (12) meses |
Maestría | Treinta y seis (36) meses | Dieciocho (18) meses |
Doctorado | Cuarenta y ocho (48) meses | Veinticuatro (24) meses |
En virtud de este cuadro, la equivalencia del título de postgrado valdrá como experiencia general o experiencia específica, dependiendo si se trata de un título de especialización, maestría o doctorado. En ese sentido, le informamos que en las mesas de trabajo en las que participaron el Departamento Nacional de Planeación - DNP, el Ministerio de Transporte, las entidades del sector de infraestructura, como el INVIAS, la ANI y el IDU, los representantes de la Cámara Colombiana de la Infraestructura y la Sociedad Colombiana de Ingenieros, en coordinación de Colombia Compra Eficiente, así lo plantearon, porque esta es la forma como las entidades del sector transporte han adelantado los procedimientos de contratación de infraestructura de transporte.
El cuadro referido a la equivalencia de títulos de posgrado en años de experiencia general o específica se refiere a la forma como el proponente podrá acreditar experiencia general o específica, no solo con los certificados de experiencia sino con el título de posgrado; ahora, si el profesional acredita el título de doctorado, este título le dará más años de experiencia general o específica que la que otorga el título de posgrado de especialización. Por lo tanto, este cuadro no se refiere a la forma como la entidad debe solicitar la experiencia cuando se tiene un título de posgrado; sino, por el contrario, a la forma como un título de posgrado equivale a unos determinados años de experiencia general o específica.
Así, si la persona acredita un título de posgrado en la modalidad de especialización ese título equivaldrá a 24 meses de experiencia general o a 12 meses de experiencia específica, dentro del perfil que requiere la entidad como personal profesional.
Finalmente, usted pregunta por la cantidad de meses de experiencia general que la entidad le debe otorgar a un profesional que presenta dos títulos de posgrado en la modalidad de especialización, y teniendo en cuenta que un título de este tipo otorga 24 meses de experiencia general, en el caso en que el profesional haya cursado y obtenido dos títulos de especialización, la experiencia general a la que equivale cada título es 24 meses, lo cual, en suma, corresponde a 48 meses de experiencia general.
2.2. «Formato 7A- Programa de Gerencia de Proyectos»: Disponibilidad del profesional encargado
La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente se ha pronunciado en diferentes conceptos sobre el factor de calidad en procedimientos de contratación de licitación de obra pública de infraestructura de transporte que aplican Documentos Tipo[3]. La tesis desarrollada se expone a continuación.
El Pliego Tipo, en el «capítulo IV criterios de evaluación, asignación de puntaje y criterios de desempate», señala que la entidad calificará las ofertas que hayan cumplido con los requisitos habilitantes con los siguientes puntajes: i) oferta económica (70 puntos), ii) factor de calidad (19 puntos), iii) apoyo a la industria nacional (10 puntos) y iv) vinculación de personas con discapacidad (1 punto). A continuación, se explicará el criterio de puntaje de «Factor calidad» porque su consulta se refiere al programa de gerencia de proyectos, que es uno de los criterios que el proponente puede presentar para que la entidad le otorgue el puntaje.
El numeral «4.2. Factor de Calidad» del Documento Base señala que este criterio se podrá evaluar con una o algunas de las siguientes opciones: i) la implementación del programa de gerencia de proyectos, ii) la disponibilidad y condiciones funcionales para la maquinaria de obra y iii) la presentación de un plan de calidad. Por su parte, la entidad definirá el puntaje que se asignará a estos criterios, sin ser superior a 19 puntos. Para asignar el puntaje de calidad en la versión 1 de los Documentos Tipo para licitación de obra pública de infraestructura de transporte, se deberán seguir estos pasos:
i) La entidad seleccionará uno o alguno de los siguientes criterios de factor de calidad: a) la implementación del programa de gerencia de proyectos, b) la disponibilidad y condiciones funcionales para la maquinaria de obra de acuerdo con la justificación consignada en el Estudio del Sector y Estudios y Documentos previos y c) la presentación de un plan de calidad.
ii) Se asignará el puntaje al programa o programas descritos previamente, siempre y cuando no sea superior a 19 puntos y
iii) El proponente, por medio de su representante legal, suscribirá el Formato 7- Factor de Calidad (Formato 7A- Programa de Gerencia de Proyectos) (Formato 7B- Disponibilidad y condiciones funcionales de la maquinaria de obra) (Formato 7C- Plan de Calidad), en el cual bajo la gravedad de juramento conste el compromiso que en este sentido asume.
Por tanto, para que se otorgue el puntaje de factor de calidad bastará que se suscriba el Formato 7- Factor de Calidad, en el cual el proponente se compromete a implementar un programa de Gerencia de proyectos, a utilizar una obra maquinaria con una edad menor a veinte (20) años, según su función o a implementar un plan de calidad específico para el proyecto. En consecuencia, no es necesario exigirle al proponente que presente hojas de vida, títulos o certificados de estudio para encargarse del programa de gerencia de proyectos y plan de calidad o contratos o certificados de propiedad de maquinaria durante el proceso de licitatorio para asignar los puntajes de factor de calidad.
En relación con el numeral «4.2.1 Implementación de programa de gerencia de proyectos», se otorgará el puntaje al proponente que se comprometa a instaurar un programa de gerencia de proyectos mediante la suscripción del «Formato 7- Factor de calidad (Formato 7A- Programa de Gerencia de Proyectos», por parte del Representante Legal.
Además, se señala que, para la ejecución del proyecto, el adjudicatario deberá instaurar el programa de Gerencia de Proyectos y contar con un profesional tiempo completo en las áreas de la Ingeniería o la Arquitectura con matrícula profesional vigente, que cumpla con al menos una de las siguientes opciones: i) profesional con certificado o credencial PMP (Project Management Professional), con mínimo un (1) año de experiencia como Coordinador, Gerente, Líder o Director de Proyectos que defina la entidad o ii) profesional que acredite tener una especialización, maestría o doctorado en gerencia de proyectos o afines, con mínimo un (1) año de experiencia como coordinador, gerente, líder o director de proyectos que defina la entidad.
Para acreditar lo anterior, en el primer caso, se debe aportar la copia del acta de grado y/o diploma, que certifique que el profesional es arquitecto y/o ingeniero, así como, la certificación o credencial PMP vigente. Además, aportará las certificaciones o contratos en los que se evidencia la experiencia solicitada en gerencia de proyectos. En el segundo caso, aparte de la copia del acta de grado y/o diploma, que certifique que el profesional es ingeniero y/o arquitecto, se aportará copia de los títulos de postgrado, acreditados mediante copia de los diplomas y/o actas de grado. Adicionalmente, deberá presentar certificaciones o contratos en los que se evidencie la experiencia solicitada en gerencia de proyectos.
Por su parte, durante la ejecución del proyecto, la entidad verificará frente a la implementación de programa de gerencia de proyectos, que se cuente con: i) un profesional tiempo completo en las áreas de la ingeniería o la arquitectura, que tenga un certificado o credencial en Project Management Professional, con mínimo un (1) año de experiencia como Coordinador, Gerente, líder o Director de Proyectos, o ii) un profesional en áreas de ingeniería o arquitectura que acredite una especialización, maestría o doctorado en gerencia de proyectos o afines, con mínimo un (1) año de experiencia como coordinador, gerente, líder o director de proyectos. En este caso, la entidad al momento de iniciar la ejecución del contrato solicitará al adjudicatario los soportes académicos y de experiencia requeridos para la gerencia del proyecto, pero no podrá solicitarlos para que se otorgue el puntaje de factor de calidad.
Finalmente, usted pregunta por el profesional tiempo completo con el que debe contar el adjudicatario para instaurar el programa de gerencia de proyectos, frente a lo cual es necesario aclarar que, de acuerdo con lo señalado, en la ejecución del proyecto la entidad debe verificar que este profesional tenga una dedicación completa a la obra, durante el tiempo en que esta se encuentre en operación según su jornada, lo cual no quiere decir que deba permanecer en la obra el 100% del tiempo, ya que las actividades del profesional en relación con el programa de gerencia de proyectos pueden corresponder a labores administrativas que se pueden adelantar en oficina, y otras que se deben verificar en el sitio de la obra, siempre y cuando se garantice su disponibilidad durante todo el tiempo en que se encuentre en ejecución el proyecto, de acuerdo con el horario establecido.
3. Respuestas
i) ¿de acuerdo con el anexo técnico de los Documentos Tipo, es posible que un profesional con 2 especializaciones homologue 48 meses de experiencia?
Las Mesas de Trabajo que elaboraron los Documentos Tipo tuvieron la autonomía para determinar la tabla de equivalencias entre títulos de posgrado y meses de experiencia general y específica, porque así se han adelantado estos procedimientos por parte de las entidades del sector Transporte. Ahora, el cuadro de equivalencia de título de posgrado a meses de experiencia general o específica se refiere a la forma como un título de especialización, maestría o doctorado equivale a un determinado número de meses de experiencia general o específica. En este sentido, no se podrá entender que este cuadro se refiere al tipo de experiencia que podrá solicitar la entidad cuando un contratista tiene algún título de posgrado.
Finalmente, de acuerdo con lo mencionado en su consulta, un profesional que presente dos títulos de posgrado de especialización acreditará 48 meses de experiencia general, ya que cada especialización equivale a 24 meses de experiencia general.
ii) ¿La participación de tiempo completo del profesional exigido para el programa de gerencia de proyectos implica que se debe garantizar la permanencia en obra?
En la versión 1 de los Documentos Tipo para licitación de obra pública de infraestructura de transporte las entidades pueden otorgar hasta diecinueve (19) puntos por el factor de calidad, debiendo escoger una o algunas de las opciones indicadas en el numeral 4.2 del Documento Base. Si eligen la implementación del programa de gerencia de proyectos, los oferentes deben aportar el formato 7A diligenciado dentro de la propuesta; y en la ejecución del proyecto la entidad verificará que se cuente con un profesional tiempo completo en las áreas de la ingeniería o la arquitectura, que tenga un certificado o credencial en Project Management Professional, con mínimo un (1) año de experiencia como Coordinador, Gerente, líder o Director de Proyectos.
Sin embargo, sobre la dedicación de tiempo completo del profesional encargado del programa, se debe entender que este puede o no permanecer en la obra de acuerdo con las actividades que deba adelantar respecto del programa de gerencia de proyectos, que pueden requerir de su presencia en la obra, o bien se pueden desarrollar en oficina. Por tanto, la dedicación del profesional para el programa de gerencia de proyectos depende de la naturaleza de las actividades que deba desarrollar, y de las obligaciones incluidas en el contrato celebrado entre la entidad contratante y el proponente que ejecutará la obra.
Este concepto tiene el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Atentamente,
Elaboró: | Ximena Ríos López Gestor T1-11 |
Revisó: | Cristian Andrés Díaz Díez Contratista, Subdirección de Gestión Contractual |
Aprobó: | Fabián Gonzalo Marín Cortés Subdirector de Gestión Contractual |
Anexo: | 0 |
Documento Base o Pliego Tipo Versión 1: «Numeral 8.1 Información para el control de la ejecución de la obra
»El Contratista presentará a la Interventoría respectiva, dentro de los [La Entidad deberá definir los días] días hábiles siguientes a la orden de iniciación del contrato de interventoría para su revisión y aprobación, los documentos que se relacionan a continuación, debidamente diligenciados de conformidad con el Pliego de Condiciones:
»1. Hojas de vida del personal profesional.
»2. Relación del equipo mínimo obligatorio.
»3. Análisis de precios unitarios correspondientes a la propuesta económica.
»4. Programa de obra.
»5. Plan de manejo de tránsito- PMT.
»6. Los demás que puedan exigirse en el pliego de condiciones.
»[...]». ↑
Documento Base o Pliego Tipo: «7. Información sobre el personal profesional. Para efectos del análisis de la información del personal, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
»a. Las hojas de vida y soportes del personal vinculado al proyecto serán verificadas una vez se adjudique el contrato y no podrán ser pedidas durante la selección del contratista para efectos de otorgar puntaje o como criterio habilitante.
»b. Si el contratista ofrece dos (2) o más profesionales para realizar actividades de un mismo cargo, cada uno de ellos deberá cumplir los requisitos exigidos en los pliegos de condiciones para el respectivo cargo. Un mismo profesional no puede ser ofrecido para dos o más cargos diferentes.
»c. El contratista deberá informar la fecha a partir de la cual los profesionales ofrecidos ejercen legalmente la profesión.
»d. Las certificaciones de experiencia de los profesionales deben ser expedidas por la persona natural o jurídica con quien se haya establecido la relación laboral o de prestación de servicios
»e. El Contratista es responsable de verificar que los profesionales propuestos tienen la disponibilidad real para la cual se vinculan al proyecto. De comprobarse dedicación inferior a la aprobada se aplicarán las sanciones a que haya lugar.
»f. En la determinación de la experiencia de los profesionales se aplicará la equivalencia.
»[...]». ↑
Al respecto, se pueden consultar las respuestas a las consultas con radicado No. 4201912000007591 del 7 de noviembre de 2019, 4201912000006067 del 5 de septiembre de 2019, C - 039 de 2020, C – 103 de 2020 y C – 145 de 2020. ↑