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Artículo 2.1.1.2.7.4.3 — 1.1.2.7.4.3. Familias potencialmente beneficiarias del subsidio familiar de vivienda en…

Decreto 1077 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.1.1.2.7.4.3. Familias potencialmente beneficiarias del subsidio familiar de vivienda en especie. Para efectos de lo establecido en la presente Subsección, entiéndase por familia Rrom o Gitana, el vínculo conformado por los cónyuges o uniones maritales de hecho, las familias unipersonales y/o el grupo de personas unidas por vínculos de parentesco hasta tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, que compartan un mismo espacio habitacional y se encuentren asentadas en Kumpania, con el objeto de vivir cerca para conservar su cultura o para itinerar de manera conjunta.

Parágrafo. Para efectos de lo establecido en la presente Subsección, entiéndase por Kumpania la definición consagrada en el numeral 2.1 del artículo 2.5.2.1.4 del Decreto 1066 de 2015.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Adicionado Artículo 1 DECRETO 119 de 2020