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Artículo 2.1.6.1.9 — 1.6.1.9. De los Permisos de Enajenación . Para obtener el permiso de enajenación de las…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.1.6.1.9. De los Permisos de Enajenación . Para obtener el permiso de enajenación de las unidades de vivienda, resultantes de un programa de autogestión o autoconstrucción, la Organización Popular deberá acreditar los requisitos que para el efecto exija la Alcaldía Municipal, el Distrito Capital de Bogotá o el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

(Decreto 2391 de 1989, artículo 9°).