NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.3.2.2.5.113

Artículo 2.3.2.2.5.113 — 3.2.2.5.113. Obligatoriedad de la transferencia de los subsidios . Los municipios y…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.3.2.2.5.113. Obligatoriedad de la transferencia de los subsidios . Los municipios y distritos deberán establecer los mecanismos que garanticen la transferencia al fondo de solidaridad y redistribución de ingresos de los recursos para los subsidios de los usuarios de menores ingresos de estratos 1, 2 y 3 de conformidad con la Ley 142 de 1994, la Ley 715 de 2001, la Ley 1176 de 2007 y la Ley 1537 de 2012, los decretos que las reglamenten y el régimen tarifario aplicable, así como para los casos en que se suscriban contratos para la prestación de una o varias actividades del servicio, con el propósito de garantizar la sostenibilidad del mismo.

(Decreto 2981 de 2013, artículo 114).