NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.3.2.3.2

Artículo 2.3.2.3.2 — 3.2.3.2. Del Interés Público y Social . Las áreas potenciales que la entidad territorial…

Decreto 1077 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.3.2.3.2. Del Interés Público y Social . Las áreas potenciales que la entidad territorial defina en los Planes de Ordenamiento Territorial (POT), Planes Básicos de Ordenamiento Territorial - PBOT, o Esquemas de Ordenamiento Territorial (EOT), según sea el caso, para la ubicación de infraestructura y prestación de la actividad de disposición final de residuos sólidos, son de interés público y social.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Adicionado Artículo 1 DECRETO 1784 de 2017