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Artículo 2.3.3.1.8.6 — 3.3.1.8.6. Asignación de Apoyos Financieros de la Nación a los Planes Departamentales…

Decreto 1077 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.3.3.1.8.6. Asignación de Apoyos Financieros de la Nación a los Planes Departamentales para el Manejo Empresarial de los Servicios de Agua y Saneamiento (PDA). Los recursos de apoyo financiero que se llegaren a incorporar anualmente en el Presupuesto General de la Nación (PGN) para apoyar la formulación y ejecución de los Planes Departamentales para el Manejo Empresarial de los Servicios de Agua y Saneamiento (PDA) serán asignados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a las entidades territoriales, mediante resolución.

Expedida la Resolución y el Registro Presupuestal correspondiente, los recursos se entenderán comprometidos presupuestalmente a favor de cada entidad territorial beneficiaria.

Parágrafo 1°. La resolución de asignación de recursos establecerá las condiciones que deben cumplir las entidades territoriales para el desembolso de los recursos asignados, así como las causales por las que no recibirán los mismos.

Parágrafo 2°. Los recursos de apoyo financiero para el desarrollo de Proyectos Estratégicos podrán ejecutarse mediante apoyo financiero a los entes territoriales a través de una Gerencia Integral que para tal efecto contratará la Nación, evento en el cual se definirá en el marco del contrato el mecanismo para hacer efectivo el apoyo financiero.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Subrogado Artículo 1 DECRETO 1425 de 2019