Texto oficial
ARTÍCULO 2.3.4.4.10. Viabilización de proyectos. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio viabilizará los proyectos enmarcados en el Programa de Conexiones lntradomiciliarias de agua potable y saneamiento básico que se financien con recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación.
Los proyectos presentados para viabilización deben incluir las domiciliarias requeridas, conforme con lo establecido en el parágrafo 3 del artículo 2.3.4.4.4. del presente capitulo.
PARÁGRAFO . El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio podrá brindar apoyo técnico en la estructuración y evaluación de este tipo de proyectos en el marco de sus competencias.