Texto oficial
Artículo 2.3.8.3.2. Formulación, presentación y evaluación de proyectos que soliciten apoyo financiero de la Nación y se orienten a mejorar las condiciones de los GC y sus beneficiarios. Los GC y las entidades territoriales, de forma independiente o conjunta, podrán formular y presentar proyectos ante el mecanismo de evaluación y viabilización de proyectos de agua y saneamiento básico dispuesto por el MVCT.
Parágrafo 1°. El reglamento técnico del sector y el mecanismo de evaluación y viabilización de proyectos de agua y saneamiento básico del MVCT, incorporarán criterios diferenciales y trámites simplificados para los GC.
Parágrafo 2°. Cuando una entidad territorial presente un proyecto que involucre a un GC, se deberá suscribir y adjuntar un convenio en el que se acuerden las condiciones de participación de cada una de las partes. Si el proyecto va a ser desarrollado en un predio o sobre infraestructura de la comunidad organizada, dicha circunstancia deberá quedar explícita en el convenio.
Parágrafo 3°. El MVCT brindará asistencia técnica, a través del Grupo Interno de Trabajo de Proyectos Diferenciales y Comunitarios, a las entidades territoriales y a los GC para la formulación y presentación de proyectos de agua y el saneamiento básico.
Parágrafo 4°. Cuando el proyecto formulado y presentado directamente por los GC sea viabilizado, previa suscripción de un convenio administrativo se vinculará a la alcaldía municipal o distrital para que, en cumplimiento de sus funciones, reciba la infraestructura construida y la entregue como aporte bajo condición al GC.
Parágrafo 5°. Dentro de los doce (12) meses siguientes a la expedición del presente decreto, el MVCT reglamentará las condiciones y requisitos para la formulación, presentación, evaluación, financiación y ejecución de proyectos de mínima cuantía formulados y presentados directamente por los GC.