Texto oficial
Artículo 2.3.8.4.1. Responsabilidades de la Nación para el fortalecimiento de la GCASB. El Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico, además de las responsabilidades incorporadas en otros artículos del presente decreto y el artículo 2.3.10.1.2.4. del Decreto número 0776 de 2025, implementará acciones para contribuir al fortalecimiento de la GCASB en las siguientes materias:
1 Mantener un diálogo permanente con entidades públicas del orden nacional, regional, departamental y municipal que inciden en la GCASB para asegurar la implementación de la PGCASB.
2. Promover convenios, y otros mecanismos de colaboración, con instituciones educativas, agencias de cooperación, personas prestadoras de servicios públicos, esquemas asociativos, entre otras entidades públicas, mixtas o privadas, para el fortalecimiento de los GC.
3. Coordinar con las entidades competentes la formulación y puesta en marcha de estrategias que favorezcan el acceso de los GC, entre otras, a tecnologías de información y comunicaciones y para la autogeneración y eficiencia energética.
4. Coordinar con las entidades competentes acciones en materia de educación sanitaria para promover la adopción de buenas prácticas en salud e higiene individual y colectiva en relación con el acceso al agua y saneamiento básico.
5. Brindar asistencia técnica a las entidades territoriales en materia de GCASB y acompañar los procesos de formulación e implementación del Programa Municipal de Fortalecimiento Comunitario.
6. Diseñar y mantener un repositorio virtual denominado “Caja de Herramientas de la Gestión Comunitaria” en el que se ponga a disposición del público general, entre otras, normas, lineamientos, guías técnicas, diseños tipo y documentos de buenas prácticas.
7. Coordinar con las entidades competentes el impulso y fomento de la asociatividad solidaria, popular y comunitaria en la GCASB.
8. Establecer arreglos institucionales para el giro de recursos de la Nación a entidades territoriales para asegurar la sostenibilidad de los proyectos de agua y el saneamiento básico construidos con recursos de la Nación.
9. Mantener y fortalecer el “Grupo Interno de Trabajo de Proyectos Difereciales y Comunitarios” creado mediante Resolución MVCT 0729 de 2023, para que brinde asistencia técnica a las entidades territoriales y a los GC para la formulación y presentación de proyectos de agua y el saneamiento básico que busquen financiación de la Nación y estén orientados a mejorar las condiciones de los GC y sus beneficiarios. En el marco de la asistencia técnica brindada por este grupo, se podrán financiar estudios de calidad del agua, geotecnia, suelos y topografía.
10. Dentro de los doce (12) meses siguientes a la expedición del presente decreto, contar con un proyecto de inversión de doce (12) años que asegure la destinación de recursos específicos para financiar las acciones y estrategias comprendidas en este decreto y que van orientadas a la inversión, al fortalecimiento y a garantizar la sostenibilidad de la GCASB, tales como asistencias técnicas, proyectos de infraestructura, mecanismo especial de apoyo, subsidio comunitario, entre otros