NormasDecreto 1082 de 2015 › Artículo 2.2.1.2.1.3.16

Artículo 2.2.1.2.1.3.16 — 2.1.2.1.3.16. Del organismo asesor. La Entidad Estatal promotora celebrará un contrato de…

Decreto 1082 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.1.2.1.3.16. Del organismo asesor. La Entidad Estatal promotora celebrará un contrato de prestación de servicios profesionales con el organismo asesor al iniciar el proceso de selección de concurso público de arquitectura. El organismo asesor podrá ser la Sociedad Colombiana de Arquitectos como cuerpo consultivo del Gobierno nacional y único organismo idóneo que adelanta en cada una de las regiones del país este tipo de gestiones.

(Decreto 2326 de 1995, artículo 9°)