NormasDecreto 1082 de 2015 › Artículo 2.2.4.1.1.13.3

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Decreto 1082 de 2015
Derogado

Texto oficial

Artículo 2.2.4.1.1.13.3. Derogado.

LEGISLACIÓN ANTERIOR (2)Artículo 2.2.4.1.1.13.3. Definición de montos para la aprobación de proyectos de inversión por subregiones PDET. El OCAD PAZ podrá adelantar un ejercicio de definición de montos de recursos en las 16 subregiones PDET, teniendo en cuenta los siguientes criterios: i) Hectáreas de cultivos ilícitos, tomando en cuenta la reducción de cultivos y la producción del último año para el que se cuente con cifras fuente SIMCI; ii) índice de incidencia del conflicto - definido por el DNP que se encuentre disponible; iii) Medición de desempeño municipal - definido por el DNP y que se encuentre disponible; iv) índice de Pobreza Multidimensional - definido por el DANE.La aprobación de proyectos de inversión atenderá a los montos de recursos que defina el OCAD PAZ para cada subregión, los cuales podrán ajustarse por dicho órgano en cualquier momento, propendiendo por la asignación de recursos a los proyectos que cumplan con los requisitos de verificación.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (3)Derogado Artículo 3.2.1. DECRETO 1821 de 2020Adicionado Artículo 2 DECRETO 1426 de 2019Vigente desde: 06/08/2019 y hasta el: 31/12/2020