Artículo 2.2.4.1.1.13.4. Derogado.
LEGISLACIÓN ANTERIOR (1)
Artículo 2.2.4.1.1.13.4. Priorización de proyectos . Las entidades territoriales potenciales beneficiarias de los recursos de la asignación para la Paz y del 70% de los ingresos que por rendimientos financieros que se generen en la cuenta única del Sistema General de Regalías con la excepción de los generados por las asignaciones directas, se priorizarán teniendo en cuenta: i) el puntaje obtenido con la medición de criterios de priorización territorial de que trata el artículo 3° del Decreto Ley 413 de 2018, o la norma que lo modifique, sustituya o derogue y ii) el puntaje obtenido en aplicación del Sistema de Evaluación por Puntajes que para el efecto defina el Departamento Nacional de Planeación (DNP).TEXTO CORRESPONDIENTE A (3)
Derogado Artículo 3.2.1. DECRETO 1821 de 2020Adicionado Artículo 2 DECRETO 1426 de 2019Vigente desde: 06/08/2019 y hasta el: 31/12/2020