NormasDecreto 1082 de 2015 › Artículo 2.2.4.1.1.5.7

Artículo 2.2.4.1.1.5.7 — 2.4.1.1.5.7. Derogado. LEGISLACIÓN ANTERIOR [ Mostrar ] Artículo 2.2.4.1.1.5.7. Cese de…

Decreto 1082 de 2015
Derogado

Texto oficial

Artículo 2.2.4.1.1.5.7. Derogado.

LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)Artículo 2.2.4.1.1.5.7. Cese de la obligación de reinversión de los recursos reconocidos por el SGR por la estructuración de proyectos de inversión . La obligación de reinversión de que trata el artículo 2.2.4.1.1.5.6 del presente decreto cesará:1. Cuando por las estructuraciones efectuadas con los recursos reconocidos por los OCAD no se realice un nuevo reconocimiento de los costos en que incurrió la entidad financiera del orden nacional con participación estatal o la institución de educación superior para realizarlas.2. Cuando la entidad estructuradora renuncie o no pretenda el reembolso de los costos, siempre que haya reinvertido la totalidad de recursos que le fueron reconocidos por el SGR y entregue a las entidades territoriales previstas como beneficiarias los documentos que conforman la estructuración integral del proyecto con sus componentes técnico, financiero, ambiental, social y legal, acompañada de lo previsto en los numerales 2 y 3 del artículo 2.2.4.1.1.5.5 del presente decreto”.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (3)Derogado Artículo 3.2.1. DECRETO 1821 de 2020Adicionado Artículo 6 DECRETO 173 de 2016Vigente desde: 01/02/2016 y hasta el: 31/12/2020