NormasDecreto 1082 de 2015 › Artículo 2.2.4.1.2.4.2

Artículo 2.2.4.1.2.4.2 — 2.4.1.2.4.2. Derogado. LEGISLACIÓN ANTERIOR [ Mostrar ] Artículo 2.2.4.1.2.4.2. Límites…

Decreto 1082 de 2015
Derogado

Texto oficial

Artículo 2.2.4.1.2.4.2. Derogado.

LEGISLACIÓN ANTERIOR (2)Artículo 2.2.4.1.2.4.2. Límites para la aprobación de proyectos . Expedido el Presupuesto del Sistema General de Regalías, los órganos colegiados de administración y decisión podrán aprobar proyectos hasta por el 80% del monto de las apropiaciones por entidad territorial beneficiaria de regalías directas y por fondos. El 20% restante podrá ser utilizado una vez la Comisión Rectora determine que la proyección de recursos contenida en el presupuesto será compatible con el comportamiento de los recaudos, en el tercer semestre de la bienalidad.(Decreto 1949 de 2012, artículo 50)
TEXTO CORRESPONDIENTE A (2)Derogado Artículo 3.2.1. DECRETO 1821 de 2020Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 31/12/2020